Los movimientos sociales de las mujeres son formas de acción colectiva cuya prioridad es lograr cambios sociales estructurales que conlleven la igualdad de género, en un contexto societal, avanzada ya la tercera década del siglo XXI, que sigue revelándose patriarcal (a pesar de los logros alcanzados).
Hasta los años sesenta del pasado siglo, los movimientos sociales eran presentados desde una mirada socio-política como expresión de los conflictos de clase, y sus acciones se sucedían dentro de las líneas programáticas de los partidos políticos. Diez años después, en Europa hacen su aparición los nuevos movimientos sociales, adquiriendo especial significación los feministas.
Sus objetivos han sido y son, como bosquejamos anteriormente, vencer las rémoras que impiden la igualdad de género, alcanzar la paridad a la hora de tomar decisiones de interés colectivo y, en general, lograr mayores oportunidades de participación de las mujeres en todas las esferas de lo social (política, civil…). En definitiva, reivindican una democracia completa, mayor calidad en términos de ciudadanía y una priorización de lo colectivo frente a lo privado, respetando lo personal.
Se trata de organizaciones descentralizadas, abiertas y democráticas, con liderazgos flexibles, que se estructuran en movimientos sectoriales para reivindicaciones concretas. Se distancian de los partidos políticos tradicionales por su propia naturaleza y su finalidad es defender los derechos civiles.
Tres son las cuestiones que, fundamentalmente, focalizan en sus prácticas: abordar holísticamente tanto la violencia de género como el “techo de cristal” y la conciliación privado/público. Unas líneas propositivas basadas en la corriente filosófica de la ética del cuidado, iniciada por Carol Gilligan hace ya cuarenta años.
La ética del cuidado, sustentada en la corresponsabilidad entre hombres y mujeres como actores sociales, propone que la solidaridad es un deber ético de todos y cada uno de los ciudadanos/as, independientemente del género, situándola al mismo nivel que la justicia. Para coronarlo —sostiene— es imprescindible una transfiguración cultural en la forma de ver el mundo, en las mentalidades de todos/as como Humanidad, particularmente entre los/las que siguen anclados en la división de roles tradicionales.
La ética del cuidado ha sido inspiradora de las políticas públicas y medidas adoptadas por los Estados en favor de la igualdad de género. Procuran facilitar la incorporación de las mujeres al trabajo asalariado mediante acciones positivas que fomenten su empleo, desarrollan planes de igualdad y articulan medidas que permitan la conciliación de la vida laboral y familiar. Las resistencias a tales actuaciones se sustentan en dos ideas: la primera, en que lo laboral no puede ser valorado como lo esencial ni personal ni socialmente para las mujeres, sino sus familias y su bienestar; la segunda, en que se trata de mecanismos que involucran a las mujeres, sobre quienes recae conciliar su faceta como trabajadoras y los cuidados del hogar (a pesar de los positivos desarrollos de los últimos años), afectando negativamente a su proyección pública.
Tratar el avance en España de los movimientos sociales de las mujeres y del feminismo, en el segundo cuarto del siglo XXI, nos retrotrae a la historia del feminismo y del socialismo español y su lucha durante el franquismo. Tiene una clara vertiente política, destacando entre los logros: conseguir que las mujeres ganáramos en igualdad formal (aunque no en igualdad real), hacer del ecofeminismo un movimiento con fuerza (movimiento social y de pensamiento que vincula feminismo y ecologismo y pone sobre la mesa que el patriarcado y el capitalismo explotan a la naturaleza y a las mujeres) y estar presentes en las agendas informativas y políticas (despuntando el papel de primer orden de las redes sociales virtuales).
Un evento crucial en favor de los derechos de las mujeres en todo el mundo fue la institucionalización de la manifestación del 8 de marzo, con motivo del Día Internacional de la Mujer, originalmente Día Internacional de la Mujer Trabajadora, que visualiza la desigualdad de género y conmemora su lucha por participar en la sociedad en igualdad respecto a los varones. En España es un día de mezcolanza de huelga-manifestación-convocatoria, organizada en torno a la Comisión 8 de marzo, refrendada en torno a tres cuestiones: la desigualdad laboral, el “techo de cristal” y la violencia de género (46 mujeres asesinadas en 2025; tan solo en 10 constaban denuncias por maltrato).
Mucho se ha progresado en los países más desarrollados en este campo, aunque todavía queda mucho camino por recorrer, pues millones de mujeres en los menos desarrollados siguen viviendo en primera persona discriminaciones y exclusiones de toda índole. Es un problema estructural coligado a la “feminización de la pobreza”. Los datos no dejan lugar a dudas: en 178 países no están autorizadas a trabajar o poseer tierras por cuestiones legales; tienen grandes barreras para acceder tanto a la educación (dos tercios de los 781 millones de personas adultas analfabetas en todo el planeta son mujeres) como a la salud; una de cada tres sufre violencia física o sexual, y dedican el triple de tiempo a las actividades domésticas y de cuidados no remunerados.
Si Olympe de Gouges, autora de la Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana (1791), en donde proponía la equiparación jurídica entre las mujeres y los varones, o Elizabeth Cady Stanton, coorganizadora en 1848 de la primera Convención por los Derechos de la Mujer, que dio lugar a la Declaración de Sentimientos, vieran los sustanciales cambios que han tenido lugar en relación con el papel de las mujeres, a buen seguro quedarían gratamente sorprendidas. Seguir el ejemplo de ambas y de tantas otras que perdieron incluso sus vidas por defender sus ideales es el mejor estímulo para seguir en la senda en la que nos encontramos. No tengo dudas de que nuestro siglo es ya, y será a futuro, el siglo de las mujeres, mas ello solo será posible si tod@s caminamos de la mano.
¡Que así sea!
Notas:
1. Los derechos de la mujer y de la ciudadana*.
2. CNDH México.

