La Ley “AntiBloqueo” presentada en cadena nacional por Nicolás Maduro, no solo es una Ley inconstitucional mas de todas las ordenadas por su gobierno para que sean “aprobadas” por la Asamblea Nacional Constituyente, sino que constituye una acción írrita(inconstitucional e ilegal) para entregar empresas y activos del Estado Venezolano al capital privado, nacional e internacional, utilizando la muy conveniente excusa del “bloqueo”.
Ante las sanciones y medidas coercitivas, el gobierno de Maduro, en vez de reforzar el Estado y el principio constitucional de Inmunidad Soberana, lo que hace, es PRIVATIZAR el sector público, incluyendo sectores estratégicos como el petróleo, a favor de sus operadores privados que, según Maduro, sabrán defender mejor que su gobierno, el patrimonio de los venezolanos.
Ya sabemos que dichos activos irán a parar a manos de los “agentes” y la “burguesía revolucionaria” que, bajo el amparo de este gobierno, se han venido apropiando de facto de la economía Estatal, activos y empresas.
Ahora, en medio del caos del país, el gobierno presenta esta ley, entreguista e inconstitucional, que, sin discusión alguna, será aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente antes de disolverse e ir a parar al basurero de la historia.
Más allá de la retórica discursiva de maduro, la realidad es, que la ley “antibloqueo” es un instrumento diseñado para convalidar la entrega del país, revertir las nacionalizaciones hechas durante el gobierno del presidente Chávez y ceder el manejo, propiedad y activos de nuestras empresas del Estado al capital privado; en particular, PDVSA, una empresa que, en 2013 tenía 285 mil millones de dólares en activos.
Esta entrega, según establece ella misma, se producirá en el más absoluto SECRETO. Es decir, el gobierno cederá activos del Estado, de todos los venezolanos, sin rendirle cuentas a nadie, sin que se sepa de qué se trata, ni los beneficiarios, ni el monto de las transacciones, ni los términos y condiciones de las mismas, serán operaciones secretas de gran magnitud, donde Maduro entregará el país, sus recursos y empresas, a sus operadores privados, en una monumental “piñata”.
La mencionada ley, como veremos a continuación, no tiene nada que ver con el bloqueo, ni la soberanía, es una ley de carácter eminentemente económico, que va destinada exclusivamente al proceso de desnacionalización de las empresas del Estado y la entrega del patrimonio de todos los venezolanos.
Pero, veamos lo que maduro NO dijo en su cadena nacional, lo que nadie se atreve a discutir en la ANC, veamos el contenido de esta Ley del Saqueo, en sus artículos más relevantes:
LA “DESAPLICACIÓN DE NORMAS LEGALES”.
En el Capítulo II de la Ley, en lo relativo al ámbito de las “Medidas de Equilibrio Macroeconómico, Comercial y de Inversiones”, se introduce el primer elemento para el desmantelamiento del marco legal y constitucional de la República, que garantiza el control sobre actividades económicas estratégicas y de interés nacional, en tres artículos donde se ordena la “desaplicación de las leyes”:
El artículo 17, luego de un texto de justificación que se repite de toda la ley, se establece que: “…el Ejecutivo Nacional autorizará la desaplicación de determinadas normas legales, para casos específicos”.
De seguido, establece quienes serán los “ejecutores” del desmantelamiento legal y hacia dónde se orienta.
El Artículo 18, “La desaplicación prevista en el artículo precedente se realizará previo informe técnico favorable emitido por los ministerios competentes en razón de la materia, en el cual sea concluyente que tal desaplicación es indispensable para la adecuada gestión macroeconómica, y la captación de inversión extranjera, sobre todo a gran escala…”
Más adelante, el gobierno insiste en reservarse la facultad de “desaplicar” la Ley.
Artículo 19. “La desaplicación de normas sólo será́ ejercida por el Ejecutivo Nacional…”
En estos tres artículos, queda claro que el Ejecutivo Nacional, “desaplicará” las leyes vigentes en el país, para entregar la gestión y propiedad de nuestra economía a los privados y “captar” inversión extranjera.
Por supuesto que el gobierno, al hablar de economía de “gran escala”, se está refiriendo al petróleo, las empresas básicas, alimentos, tierras, industrias, la Banca y cualquier sector estratégico que esté en manos del Estado. Es el desmantelamiento o la “desaplicación” de la soberanía económica, es la desnacionalización.
La “desaplicación” de leyes, es una facultad establecida en el artículo 334 de la Constitución, que SÓLO CORRESPONDE A LOS JUECES DE LA REPÚBLICA y se aplica SÓLO cuando una norma legal colide con la Constitución o viola un derecho constitucional.
Esta facultad corresponde únicamente a los Jueces, por ser los mismos quienes tienen la potestad constitucional (art. 334) de GARANTIZAR LA INTEGRIDAD DE LA CONSTITUCIÓN. Ningún otro Poder del Estado puede abrogarse tal potestad (menos aún a través de una ley inconstitucional), so pena de viciar sus decisiones de Nulidad Absoluta;y el funcionario correspondiente, de incurrir en responsabilidades.
El saqueo del país, está dirigido por Maduro y la cúpula de poder que lo rodea, por eso INSISTEN en la Ley que “sólo ellos” pueden “desaplicar” las leyes de la República.
Ningún gobierno, ni sus ministros, puede “desaplicar” leyes, es una facultad que, como vimos, sólo corresponde al Poder Judicial, pero además, el gobierno, necesita la aprobación de la Asamblea Nacional, cuando se trata de legislar, modificar o derogar una ley.
El gobierno no puede ignorar o evadir los mecanismos legales, y constitucionales, mecanismos de control, establecidos para preservar los derechos e intereses colectivos y difusos del pueblo y la transparencia de la gestión pública, de los asuntos del Estado.
Bajo ninguna consideración, el gobierno puede evadir o “desaplicar” la Constitución vigente. De lo contrario; estamos ante un GOLPE DE ESTADO.
2-“TODOS LOS NEGOCIOS”.
En el artículo 22 de la ley, el gobierno abre las puertas para la comisión de delitos contra el interés nacional y la apropiación de activos y empresas del Estado Venezolano.
Artículo 22. Luego de la misma retórica que se repite en cada artículo de la Ley, se establece que, “…se autoriza la celebración de todos los actos o negocios jurídicos que resulten necesarios para su protección, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 303 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”.
Es decir, “ante la amenaza de las sanciones”, el gobierno decide negociar los activos de la Patria y celebrar todos los actos y negocios jurídicos, desconociendo que, precisamente, existe un marco jurídico y constitucional que protege al país del despojo de su patrimonio. En esta ley se “autoriza” el saqueo. Vaya manera de defender el país: entregarlo a “unos” ante la amenaza de “otros”.
Llama la atención que el gobierno, mostrando sus verdaderas intenciones de entregar el Petróleo, menciona en varios artículos de la Ley Saqueo, que actuará “sin perjuicio” del artículo 303 de la Constitución. Veamos qué dice este artículo que el gobierno señala de manera reiterada en la ley:
Artículo 303: “Por razones de soberanía económica, política y de estrategia nacional, el Estado conservará la totalidad de las acciones de Petróleos de Venezuela, S.A., o del ente creado para el manejo de la industria petrolera, exceptuando las de las filiales, asociaciones estratégicas, empresas y cualquier otra que se haya constituido o se constituya como consecuencia del desarrollo de negocios de Petróleos de Venezuela, S.A.”
El gobierno en un “arrebato de soberanía”, para tranquilizar tontos, menciona que respetará precisamente el único artículo de la Constitución que dejó la puerta abierta a la privatización de PDVSA (un gazapo de la Constituyente del 99) y que el presidente Chávez planteaba cambiar en la Reforma de 2006, pues de su lectura aislada, y una interpretación acomodaticia y desvinculada del artículo 302 de la misma Constitución, pareciera abrir la posibilidad de privatizar las filiales y demás empresas de PDVSA.
Veamos lo que sucederá con PDVSA y sus más de 327 empresas filiales, con base en la interpretación aislada y en forma ajena al espíritu, propósito y razón del Constituyente de este artículo en la Ley del Saqueo:
PDVSA Petróleo, filial de PDVSA, que es la empresa de la Corporación, que maneja toda la producción de petróleo y gas, la refinación y comercialización de hidrocarburos en el país, según este artículo, interpretado convenientemente por el gobierno, podría ser privatizada por ser precisamente una filial.
La Corporación Venezolana de Petróleo, la CVP, filial de PDVSA, creada para gestionar las Empresa Mixtas, constituidas con empresas privadas, pero con mayoría accionaria de PDVSA, también podría ser privatizada, según la interpretación de maduro, por ser una filial de PDVSA, así como, lo podrían ser cualquiera de las Empresas Mixtas, filiales de PDVSA, donde el Estado, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica de Hidrocarburos y en el Decreto 5.200 de Nacionalización de la Faja, tiene mayoría accionaria y control efectivo de las operaciones, que, nuevamente según la interpretación sesgada de esta Ley, serán privatizadas.
Igual suerte correrán las demás empresas y filiales de PDVSA, PDVSA Servicios Petroleros, PDVSA Naval y un largo etc., son 327 empresas y filiales de PDVSA que, según la interpretación inconstitucional de la Ley, serán entregadas. La piñata.
El gobierno, en alarde de un falso nacionalismo, dejará a PDVSA como un cascarón vacío, 100% propiedad del Estado, mientras que privatiza todas las filiales sustantivas y operadoras del Estado. Así, se pretende ¨lavar la cara¨ ante el pueblo, seguir manipulando con el discurso y propaganda, a la vez que entrega las empresas que garantizan la propiedad y control del Estado sobre el petróleo.
Es por ello que, al gobierno, ni se atreve a mencionar que actuará “sin perjuicio” de lo establecido en el Artículo 302 de la Constitución, porque es en este artículo que en la Constitución se reserva la propiedad y control del Estado sobre el petróleo y otras industrias de interés público y carácter estratégico, reserva que, en la privatización en marcha, serán cedidas al control de los privados.
Este artículo, pilar fundamental de la soberanía y que se le ha “olvidado” mencionar al gobierno en su ley, establece:
Artículo 302: “El Estado se reserva, mediante la ley orgánica respectiva, y por razones de conveniencia nacional, la actividad petrolera y otras industrias, explotaciones, servicios y bienes de interés público y de carácter estratégico…”
Entonces, no es como pretende el gobierno, en el artículo 22 de esta ley, que puede celebrar “todos los actos o negocios jurídicos” que quiera. Nó, la Constitución y las leyes imponen límites y restricciones para preservar el interés público, el interés general de todos los ciudadanos.
Los artículos 302 y 303 de la Constitución deben observarse de manera conjunta y de conformidad con el resto de su articulado (entre otros, con el artículo 11 que fija la Soberanía sobre el subsuelo y el 12 que otorga el carácter de bienes del dominio público a los yacimientos petroleros), y mas aún, de los Principios y Valores Constitucionales consagrados desde su Preámbulo.
El artículo 302 de la Constitución le pone un límite al gobierno, en éste, la Constitución hace reservas muy específicas sobre actividades que, como la “petrolera y otras industrias, explotaciones, servicios y bienes” son “de interés público y de carácter estratégico”. La reserva, no sólo tiene que ver con la propiedad, también tiene que ver con la operación y control, porque se trata de un tema de soberanía e integridad territorial.
3-“LA ADECUACIÓN DE LAS EMPRESAS PARA SU ENTREGA”.
Para la entrega de las empresas del Estado a los privados, el gobierno debe despojar a los trabajadores de sus derechos, salarios, prestaciones sociales, fondos de ahorros, así como, cualquier vestigio de responsabilidad social y subordinación al Estado Venezolano, es decir, al interés general del país. Así lo establece la Ley Saqueo, en los siguientes artículos:
Artículo 23: “…El Ejecutivo Nacional podrá proceder a la organización y reorganización de los entes descentralizados con fines empresariales, dentro y fuera del país, en procura de su modernización y adaptación los mecanismos propios de la práctica mercantil del Derecho Internacional Privado…”
Como parte de esta “adaptación” a la que hace mención a Ley, no sólo se despoja a los trabajadores de sus derechos, como ya ha venido sucediendo en PDVSA y otras empresas del Estado, para eliminar lo que los neoliberales llaman “la carga social y laboral” de las empresas, sino que, apuntan a desprenderse de cualquier sujeción de gobernanza por parte del Estado sobre las mismas, por ello, es que sustraerán estas empresas y activos del Estado del ordenamiento jurídico de la República y de la soberanía económica y jurisdiccional del país sobre las mismas.
Es decir, el gobierno deroga o “desaplica” el ordenamiento jurídico de la República para “adaptarse” al ordenamiento jurídico del capitalismo transnacional, es decir, a los “mecanismos propios de la práctica mercantil del Derecho Internacional Privado”.
Pero como el gobierno va hacia una entrega total de las empresas, entonces, tiene que afectar las relaciones de propiedad, es decir, entregará la PROPIEDAD de estos activos y empresas del Estado a los privados, y así lo establece en su artículo 24:
Artículo 24. “El Ejecutivo Nacional podrá́ modificar los mecanismos de constitución, propiedad, gestión, administración y funcionamiento de empresas públicas o mixtas, tanto en el territorio nacional como en el exterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 303 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela…”
Allí esta plasmado el objetivo central de toda esta parafernalia propagandística del gobierno, especialista en esconder la basura entre la paja de su discurso.
Van a modificar los mecanismos de constitución, propiedad, gestión y funcionamiento de las empresas del Estado; en particular, de las filiales y empresas de PDVSA, dejándola como un cascarón vacío, 100% propiedad del Estado, pero, sin nada que la sustente; despojarán a PDVSA de sus filiales y empresas sustantivas; PDVSA quedará como la “agencia” administradora de contratos, tal como lo establece el plan privatizador de la “Comisión Alí Rodríguez Araque”, que denunciamos el pasado primero de mayo; de allí, la reiteración a lo largo de la ley, de que actuarán “sin prejuicio del artículo 303 de la Constitución”, es decir, insisten en el discurso para los idiotas.
De acuerdo con este artículo 22 de la Ley del Saqueo, en el ámbito petrolero, serán modificadas o eliminadas las condiciones que establece la Ley Orgánica de Hidrocarburos, para limitar la participación de los privados en las actividades petroleras reservadas al Estado, de acuerdo con el Artículo 302 de la Constitución.
Algunas de éstas son: la propiedad del Estado sobre el petróleo, la subordinación de la actividad de PDVSA al Estado Venezolano y la sujeción de las operadoras petroleras a la Política Petrolera y leyes de la República, la mayoría accionaria y control de PDVSA sobre las empresas mixtas, la propiedad Estatal de todas las instalaciones y activos de PDVSA, la comercialización del petróleo, el régimen fiscal petrolero, impuestos, regalías, fijación de precios, entre tantas otras.
4-“IMPULSO A LA INVERSIÓN PRIVADA” O LA REVERSIÓN DE LAS NACIONALIZACIONES DEL PRESIDENTE CHÁVEZ.
El gobierno de Maduro lleva 7 años desmantelando e interviniendo las empresas del Estado, arremetiendo contra ellas y sus trabajadores, las ha destrozado, caotizado, quebrado: PDVSA, Corpoelec, Empresas Básicas, CANTV, Hidrológicas, transporte, todas, no se escapó ninguna, de la acción depredadora del madurismo.
Todo ello ha creado las condiciones políticas y subjetivas para consumar uno de los crímenes más grandes contra la soberanía económica del país y el legado del presidente Chávez plasmado en el Plan de la Patria: la reversión de las nacionalizaciones de sectores fundamentales, estratégicos, claves de nuestra economía.
Con esta Ley, maduro retrocede a los peores años de la ofensiva neoliberal en el país de los años ’90; hay que decirlo, el paquetazo y las privatizaciones del segundo gobierno de CAP, no son nada, con respecto a lo que hace y pretende hacer maduro.
Bajo el eufemístico título de “impulso a la inversión privada”, se presenta el artículo 27 de esta ley del Saqueo.
Artículo 27. “El Ejecutivo Nacional podrá́ autorizar e implementar medidas que estimulen y favorezcan la participación, gestión y operación parcial o integral del sector privado nacional e internacional en el desarrollo de la economía nacional.
Cuando dichas medidas impliquen la gestión u operación de activos que se encuentren bajo administración del Estado Venezolano como consecuencia de alguna medida administrativa o judicial restrictiva de alguno de los elementos de la propiedad, se respetarán los derechos de quien demuestre ser su legítimo propietario conforme a la legislación vigente, procurando priorizar su participación en la respectiva alianza o a través de acuerdos con el Estado para la restitución de sus activos cuando ello implique la pronta puesta en producción de dichos activos mediante un plan debidamente sustentado”.
En este artículo, Maduro ¨se quita la careta¨ y se orienta a lograr uno de los principales objetivos de la burguesía revolucionaria que lo sostiene en el poder, así como, la mayor exigencia del capital transnacional: entregar al sector privado todos aquellos activos, actividades y empresas que hubiesen sido nacionalizadas durante el gobierno del Presidente Chávez en su gobierno revolucionario.
Ésto incluye; por su puesto, de primero, el sector petrolero, devolver la Faja Petrolífera del Orinoco a las transnacionales y operadores privados que la obtuvieron ilegalmente durante la apertura petrolera, devolver al sector privado las actividades y empresas que habían sido nacionalizadas en el marco de la Plena Soberanía Petrolera.
Privatizar las filiales de PDVSA no será suficiente, van también a revertir al capital transnacional todos aquellos bienes, activos y actividades que el gran capital había arrebatado al país durante la apertura petrolera, y que el presidente Chávez recuperó para todos los venezolanos.
maduro entregará a los privados, todo aquello que nos costó tanto sacrificio, trabajo, esfuerzo, recuperar para el país, lo que nos costó el golpe de Estado del 11 de abril de 2002, el Sabotaje Petrolero de 2002-2003, los juicios internacionales, la agresión internacional.
Pero no solo revertirán las nacionalizaciones y la soberanía del sector petrolero, harán lo mismo con las empresas básicas, eléctricas, servicios, agua, transporte, agroindustrias, tierras. Todo lo que maduro recibió funcionando, de lo que Chávez habló el 8 de diciembre cuando decía que “tenemos Patria”, refiriéndose a la propiedad del Estado sobre los pilares de la economía, los entrega maduro en esta ley.
maduro y su gobierno, han vuelto a matar a Chávez. Nadie dice nada. Pobre presidente Chávez, pobre pueblo, traicionado nuevamente por estos farsantes. Es la tragedia de Bolívar, es la tragedia de Chávez.
5-“GARANTÍAS A LOS INVERSIONISTAS” Y ARBITRAJE INTERNACIONAL.
En un acto de vergonzosa subordinación al capital transnacional, el gobierno de maduro y su Ley del Saqueo, quieren dar más garantías al capital, al inversionista que acudirá al remate del país, a la piñata del madurismo.
En esta Ley se le otorgan “garantías” y “protección” al inversionista; y además se renuncia a la Soberanía Jurisdiccional del país, previendo la figura del arbitraje internacional de inversiones, como ya habían hecho en la “Ley de Inversiones extranjeras” aprobada por la ANC el 29 de diciembre de 2017. Estos actos inconstitucionales se plasman en el siguiente artículo 31 de la Ley del Saqueo.
Artículo 31. “La República y sus entes podrán acordar con sus socios e inversionistas, por el plazo establecido contractualmente, cláusulas de protección de su inversión,a los fines de generar confianza y estabilidad.
Siempre que se hayan agotado los recursos judiciales internos disponibles y se haya pactado previamente, la República Bolivariana de Venezuela podrá participar y hacer uso de otros mecanismos de solución de controversias…”
Maduro actúa como esos dictadores que se subordinan tanto al capital transnacional, que dan pena ajena. Han convertido a nuestro país, en un país sin soberanía, sin Estado, sin gobierno, sin instituciones.
Maduro sabe que, haga lo que haga, no tendrá las inversiones de las transnacionales que éste quisiera, ni americanas, ni europeas. Nadie cree en su gobierno, saben que está actuando ilegalmente y que sus decisiones serán de corta duración. Por eso, busca aventureros, al capital más agresivo, el más rapaz, a sus “agentes” y operadores personales, y les entrega “las joyas de la corona”: el petróleo, entrega todo lo que puede, promete protección y garantiza inversiones.
Vuelven las mismas “garantías a la inversión” de la apertura petrolera, de la IV República, es la receta del saqueo, de la fiesta neoliberal: Pinochet, Videla, Menem, Uribe, todos han hecho lo mismo.
El gobierno da garantías al capitalismo transnacional, mientras no es capaz de garantizar los derechos al pueblo venezolano, sus Derechos Fundamentales, una vida digna, una Patria.
La renuncia a la soberanía jurisdiccional, también forma parte de la receta de la entrega, del saqueo. maduro deja sin efecto nuestras leyes y a nuestros tribunales. Ante cualquier controversia o reclamo, los inversionistas no recurrirán a nuestros tribunales, lo harán ante los tribunales de arbitraje internacional.
El arbitraje internacional de inversiones, es inconstitucioonal y constituye una violación a la Soberanía Jurisdiccional, por lo que fue prohibido expresamente en todos los contratos petroleros firmados durante nuestra gestión en el gobierno del Presidente Chávez.
El arbitraje internacional fue aceptado por el Estado venezolano durante la nefasta apertura petrolera y esas cláusulas nos han llevado ante tribunales internacionales de arbitraje en nuestra disputa con las grandes transnacionales petroleras como la Exxon Mobil y la Conoco Phillips. Afortunadamente el equipo político-jurídico que teníamos en el Ministerio de Petróleo durante nuestro período le supo hacer frente a estos mecanismos y ganamos estos juicios.
Pero, mientras nosotros desde el Ministerio de Petróleo, en el gobierno del Presidente Chávez, prohibimos expresamente por inconstitucionales este tipo de mecanismos arbitrales, desde Cancillería (y ahora es claro por qué), se seguían firmando acuerdos y tratados de inversiones que contemplaban el arbitraje; y, es la razón por la cual, una cantidad importante de empresas, mineras, industriales y de cualquier tipo, han llevado a la República en estos 7 años de maduro, a tribunales internacionales y han logrado confiscar y congelar activos de la República en el Exterior.
Es tal la desfachatez del gobierno en su entrega, que justifica una ley como ésta para supuestamente “hacer frente a sanciones y agresiones extranjeras”, mientras contempla en su artículo 31 el arbitraje internacional de inversiones, uno de los instrumentos por excelencia del gran capital para actuar contra los países en vías de desarrollo y propietarios de los recursos naturales, violando su soberanía.
6-EL SECRETO PARA PERPETRAR EL MAYOR SAQUEO A LA NACIÓN.
Bajo el Capítulo III de la Ley, “Otras disposiciones de Protección”, se desarrolla un articulado de la Ley que, contrario a lo que establece la Constitución en su artículo 150, en lo referente a la discusión pública, divulgación y conocimiento sobre los términos y condiciones de los contratos de Interés Público, es decir, aquellos que involucran actividades o sectores reservados al Estado o de importancia estratégica e interés público, como el petróleo.
En esta Sección, la Ley del Saqueo, ordena que estas operaciones, que como hemos visto son ilegales e inconstitucionales, y de gran magnitud, deben desarrollarse en el mas absoluto SECRETO, en violación, entre otros, de los artículos 141 y 143 de la Constitución.
Es decir, el gobierno se dispone a entregar el patrimonio de todos los venezolanos, nos compromete con “inversionistas” y operadores privados, y ni siquiera permite que el país se entere de los términos y condiciones, beneficiarios, sectores afectados, montos, compromisos adquiridos, nada.
Será el más grande acto de corrupción de la historia, de un gobierno que ya ha demostrado ser bastante corrupto e inescrupuloso, donde los operadores privados, amigos, agentes y familiares de la cúpula que gobierna el país, se apropiarán de empresas, activos y recursos del Estado, de todo el país, sin ni siquiera dejar rastro de su delito, sin que nadie sepa, ni nadie controle las operaciones, el cumplimiento de la Ley.
Un dictador que se reparte el país, como si fuese su hacienda. Veamos el articulado de la Ley:
Artículo 34. “… Las máximas autoridades de los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, central y descentralizada, por razones de interés y conveniencia nacional, podrán otorgar el carácter de reservado, confidencial o de divulgación limitada a cualquier expediente, documento, información, hecho o circunstancia, que en cumplimiento de sus funciones estén conociendo, en aplicación de esta Ley Constitucional…”
“…La documentación calificada como confidencial, será archivada en cuerpos separados del o los expedientes y con mecanismos que aseguren su seguridad. Cada cuerpo separado que contenga documentación confidencial o reservada, deberá contener en su portada la advertencia correspondiente, expresando la restricción en el acceso y divulgación y las responsabilidades a que hubiera lugar para aquellos funcionarios o personas que puedan infringir el régimen respectivo”.
La ley otorga a los funcionarios públicos una potestad que no tienen, que es inconstitucional, NO se puede ocultar información relativa a materias sensibles o estratégicas definidas de interés público en la Constitución, más aún cuando se trata de contratos de interés nacional, de actos que han de ser controlados por la Asamblea Nacional y por el Poder Judicial, entre otros, se viola el Principio de Transparencia que ha de regir la acción de la Administración Pública, la obligación de rendición de cuentas, el principio de responsabilidad en el ejercicio de la función pública, el principio de racionalidad y razonabilidad administrativos, violando los artículos 141, 143, 150, 187, 22 y siguientes de la Constitución, entre otros.
Esta potestad inconstitucional se transformará en el mayor ocultamiento de información vital para el país, a la que todos los ciudadanos tienen derecho de acceder. Los organismos de control del Ejecutivo Nacional, los organismos contralores de la gestión pública, la Asamblea Nacional, el Poder Judicial tiene que conocer de estas operaciones que comprometen la economía, el patrimonio y la soberanía del país.
El gobierno pretende hacer lo que le da la gana, maduro cree que está en el congreso del PSUV, o en cualquiera de sus eventos controlados por el miedo y sus cuerpos de seguridad. No se puede gobernar de espaldas al pueblo, al país, ocultando información, derogando leyes, violando la soberanía, la Constitución, apropiándose del patrimonio de los venezolanos.
La Ley Saqueo, además criminaliza el cumplimiento de la Constitución, al establecer sanciones hasta de tipo penal, para el funcionario que cumpla con su obligación constitucional de informar o divulgar al país, los términos y condiciones de contratos fundamentales (de interés público y nacional), para la economía y la soberanía.
El gobierno, que, por mandato Constitucional, está obligado a informar de su gestión a los demás órganos del Estado, a los organismos de control y al pueblo, ahora encubre sus operaciones en el más absoluto secreto, amenazando con prisión a los funcionarios que cumplan con su deber de informar al país de lo que suceda con la administración de los asuntos del Estado, de la Hacienda Pública.
Los artículos 35 y 36, insisten en el secreto que rodeará a estas operaciones que involucran el patrimonio del país; y es claro en la amenaza de prisión contra los funcionarios o ciudadanos que informen al país con respecto a lo que hace el gobierno.
Artículo 35. “Se prohíbe el acceso a documentación que haya sido calificada como confidencial o reservada, así́ como, tampoco podrán expedirse copias simples ni certificadas de la misma.
La infracción al régimen transitorio al que se refieren esta Ley Constitucional, estará́ sujeto al régimen de responsabilidades administrativas, civiles y penales según el ordenamiento jurídico aplicable”.
Artículo 36. “Se declaran secretos y reservados los procedimientos, actos y registros efectuados con ocasión de la implementación de alguna de las medidas establecidas en capitulo segundo de esta Ley Constitucional, que supongan la desaplicación de normas de rango legal…”
El gobierno quiere asegurarse con la amenaza de prisión, de que el país no se entere de ninguna de las “desaplicaciones” de la ley, en materia económica, es decir, de que nadie se entere, ni revise, ni controle la VIOLACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES que se establece en el articulado de esta Ley del Saqueo.
Todo además disfrazado de un “régimen transitorio”, al que paradójicamente no le pone término.
Es muy grave e irregular, absolutamente ilegal la actuación del gobierno, su pretensión de entregar activos, empresas y actividades estratégicas para el país, reservadas al Estado por la Constitución, el patrimonio de todos los venezolanos, en el más absoluto secreto.
Comprometen el futuro del país y acordaran “todo tipo de negociaciones” en materias tan importantes y de gran magnitud como en el área petrolera, sin rendir cuentas a nadie.
Se consagra la impunidad, se estimula la violación de la ley, la corrupción y el saqueo. Se compromete el futuro de la Patria, se despoja al país de sus riquezas en secreto. Viene una verdadera piñata, una rapiña, donde el madurismo repartirá entre sus agentes y allegados, el patrimonio de todo un país.
7-“DISPOSICIONES FINALES”, SE DEROGA LA CONSTITUCIÓN.
Esta Ley está completamente al margen de nuestras Leyes y de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Lo que pretende maduro y su gobierno es consumar un GOLPE DE ESTADO
En su segunda disposición transitoria, la Ley del Saqueo establece:
“Quedan suspendidas las normas que colidan con lo dispuesto en esta Ley Constitucional, la cual siempre tendrá aplicación preferente incluso respecto de leyes orgánicas y especiales que regulen las materias que tratan dichas disposiciones, …”
8-EL DECRETO DE CARMONA.
Todo el contenido de esta Ley inconstitucional e ilegal y esta “segunda disposición transitoria”, se parece tanto al Decreto de Carmona Estanga, durante el Golpe de Estado de 2002. Estanga derogó (suspendió, desaplicó) la Constitución, las Leyes, los demás Órganos del Estado y se proponía gobernar como un dictador, … maduro también.
maduro, actúa igual que Carmona, deroga la Constitución, las Leyes de la República Bolivariana de Venezuela, se salta y usurpa los demás Poderes del Estado, incurre en Abuso de Poder, gobierna como un dictador, favorece los mismos intereses que entonces representaba Carmona.
Carmona tenía un público que lo aplaudía, maduro también. Tenía militares dispuestos a violar la Constitución y leyes, maduro presenta esta ley rodeado de jefes militares, ¿por qué?, ¿convalidan los mandos militares esta violación a la Constitución, Leyes e instituciones de la República Bolivariana de Venezuela? Eso es lo que está por verse.
Carmona estaba rodeado de los factores económicos que hoy aplauden a maduro, no dicen nada, están satisfechos, cuenta esta ley con el aval de los actores políticos que aquel día infame derrocaron al presidente Chávez.
Carmona Estanga aprobó su Decreto en medio de la unanimidad y la algarabía del despojo y la inconstitucionalidad, maduro envía su ley a la Asamblea Nacional Constituyente, ¿la aprobará Diosdado?, ¿la aprobarán los dirigentes políticos y ex guerrilleros, Constituyentistas?, ¿serán las manos alzadas de la unanimidad ante el despojo?
Mientras tanto, el pueblo venezolano, tal como aquellos días infames, está en la calle, lucha desesperado, con sus esperanzas y miseria a cuesta, el gobierno reprime, a sangre y fuego, a plomo limpio impone su paquetazo, sus leyes entreguistas, le arrebata su futuro, mientras los mismos actores políticos que hoy están en el poder, se esconden, como hicieron muchos en aquellas horas terribles.
En aquellos momentos aciagos, el presidente Chávez, sólo contó con el pueblo humilde y los soldados de la Patria. Hoy día, el pueblo, trabajadores, campesinos y los soldados de la Patria, sólo cuentan con su conciencia, el legado de Chávez y las razones sagradas para luchar, más vigentes y necesarias que nunca.
Hay que detener la entrega del país, evitar que se perpetre un crimen contra la soberanía y el patrimonio de la Patria. Hoy como ayer, hay que luchar por la restitución de la Constitución y las leyes, de la democracia participativa y protagónica, de nuestro derecho a una Patria Soberana, a una sociedad libre y de justicia social, basado en la Doctrina Bolivariana, donde las armas de la República sólo se empleen en defensa de la independencia y los derechos y garantías sociales del pueblo venezolano.