Luis Fuenmayor Toro: Marchas y contramarchas

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Desde 2009 venimos luchando por establecer la proporcionalidad electoral, que muchos confunden con la representación de las minorías. Denunciamos en su momento a la Ley Orgánica de Procesos Electorales, promulgada ese año, como violatoria del artículo 63 y otros de la Constitución Nacional, al establecer un sistema electoral de carácter mayoritario, que sobre representa al partido que gana las elecciones, sub representa a quien llega en segundo lugar y niega representación al resto de los participantes, sin importar la magnitud de la votación recibida. Las mayorías calificadas obtenidas por el PSUV en 2010 y por la MUD en 2015 no son por haber alcanzado una votación abrumadora, ni por la existencia de una ventaja muy amplia sobre su inmediato contendor. Se deben a una manipulación inconstitucional en el reparto de las plazas.

En 2009, demandamos incluso la inconstitucionalidad de la LOPRE ante el Tribunal Supremo de Justicia, que olímpicamente negó nuestra solicitud. La ley, aprobada en una Asamblea Nacional sin diputados opositores, favorecía al PSUV, que dispondría de las mayorías necesarias para gobernar solo. La MUD jamás se unió a este reclamo; es más, varios de sus líderes fueron partidarios del sistema aprobado. Era evidente que esa oposición esperaba su momento de estar sobre representada. No le interesaba, como al gobierno tampoco, que el sistema mayoritario dejara a buena parte de los votantes sin representación ninguna. Sólo les importaba, como al gobierno, llegar en algún momento a disfrutar de esa hegemonía en la AN y otros cuerpos. Y así fue. Llegaron a tener las 2/3 partes de los votos y sabemos cómo usaron esa hegemonía.

Con la Mesa de Diálogo Nacional (MDN) apareció una gran oportunidad de corregir la inconstitucionalidad vivida desde 2009. En la comisión respectiva, que coordinaba Francisco Ameliach, presentamos un documento conceptual y un algoritmo matemático para garantizar la representación proporcional constitucional, garantizando también la personalización del voto en el cien por ciento. El documento fue acogido con bombos y platillos, pero su puesta en práctica ha dejado mucho que desear. Por distintas razones, el gobierno ha seguido apegado al equivocado criterio de mantener dos tipos de candidatos: nominales y por lista, cuando ése no es el mandato constitucional. Todos los candidatos deben ser votados personalizadamente, lo que no ocurre en las listas, y la proporcionalidad debe aplicarse siempre, no sólo en las listas.

Se llegó a una fórmula que ha levantado objeciones de diversos sectores y no sólo del extremismo opositor. Estas tienen que ver con el aumento en el número de diputados, el cual se considera inconstitucional. Hemos vivido más de una década con una LOPRE inconstitucional, y la protesta nunca fue de la magnitud actual. Pocos levantaron sus voces todos estos años. Y con esto no quiero decir que se deba responder a una inconstitucionalidad con otra. No. Pero no puedo, en función de la crítica situación nacional, dejar pasar por alto este reclamo. Tampoco puedo dejar de repetir que las inconstitucionalidades e ilegalidades cometidas desde hace más de 10 años, y en las cuales han sido protagonistas los gobiernos chavecistas y la oposición abstencionista, extremista y violenta, hacen necesario un acuerdo político de la mayoría del país que nos regrese a la sensatez, antes de abordar las correcciones constitucionales y legales.

En todo caso, para mí, la cuestión principal es que en la elección venidera exista proporcionalidad electoral, es decir que no haya ninguna sobre representación ni sub representación de los partidos y grupos participantes. El gobierno no debe buscar ni tratar de imponer mecanismos que den al traste con este objetivo. Si algo, en medio de la diatriba, puede conquistar voluntades es la seguridad de un reparto proporcional a la votación obtenida. Este es el logro más importante. Se deben desechar mecanismos perversos como el de las morochas u otros que den al traste con la proporcionalidad. Repito, para que quede claro: no debe haber sobre representación de quien gane. Si el partido o alianza ganadora obtiene las mayorías calificadas establecidas en la Carta Magna tiene que ser porque obtuvo una proporción de votos del mismo tenor. De lo contrario, se habrá perdido otra oportunidad de enderezar entuertos.

 

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