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Ramón Rosales Linares: Ante la tragedia eléctrica venezolana nos sale referéndum.

 

Venezuela sufre hoy en día de otra tragedia, además de la inflación: la electricidad. No obstante, la inflación, aun como desastre, le deja a los ciudadanos de a pie la “libertad” de decidir cómo lidiar con ella individualmente, ya sea reduciendo el consumo, “matando tigritos” o “metiendo la mano” donde no corresponde. En cuanto a las interrupciones eléctricas, sin aviso previo y sin ninguna programación de cortes, la “libertad” queda limitada a quejarnos en chats, rumiar sus legítimas frustracheras, soportar estoicamente la oscuridad e improvisar bajo estrés cambios en nuestras rutinas cotidianas. Pero estas acciones individuales son completamente ineficaces porque el ciudadano no está en lo más alto de la lista de prioridades; primero está el sector privado y, si es transnacional, mejor.

En un artículo anterior [1], tratamos el asunto de la inflación con un enfoque quijotesco, solicitando a la presidenta interina que convocara a un Cabildo para nombrar una escuadra de caballos al estilo Campeones Serie Mundial de Béisbol 2026. Su tarea sería liderar una cruzada contra la inflación que ha estado presente en los hogares y las empresas de Venezuela durante más de medio siglo. En mi particular opinión, la inflación fue la culpable del desplome de la economía durante la IV y V República, y está a punto de devorar a la VI, la iniciada de facto el pasado 3 de enero de 2026. Pero a la convivencia incómoda e injusta con la inflación se le suma al país otro infortunio: la crisis, transformada en tragedia, del desplome del otrora robusto sistema eléctrico, que antes era fuerte. El gobierno “no ha dado pie con bola” [2] desde el mega apagón de marzo de 2019 y, aunque ha alegado que las sanciones unilaterales materializadas desde el 2017 han contribuido a la debacle, no ha incluido en su relato la adecuada y necesaria dosis de autocrítica para aceptar los errores evidentes y documentados que funcionarios responsables del sector eléctrico han cometido.

La tragedia eléctrica requiere una atención diferente a la que el gobierno y la sociedad venezolana le han dado hasta este momento al tema del servicio de electricidad. La reactivación de la economía, o la recuperación de la extracción de petróleo para exportar y conseguir dólares, es posible únicamente si se corta la electricidad a las áreas no petroleras, lo que nos coloca en un círculo vicioso. Esto simplemente no es sostenible y, a pesar de que se intenta mantener a Caracas fuera de los apagones programados con injusticia hacia el resto del país, esta ciudad tampoco podrá evitar la calamidad eléctrica. Es claro que el gobierno interino no puede resolver el gran asunto eléctrico y, al estar atrapado en un esfuerzo por sobrevivir a su inestable situación desde el 3 de enero de 2026, no acomete las decisiones importantes que la tragedia requiere.

Para asumir decisiones difíciles y legítimas para salir de la metástasis eléctrica en la que nos encontramos, el gobierno, tanto el presente como el futuro, requiere un mandato del pueblo. El gobierno tiene más margen para mitigar los impactos negativos de la inflación, como a través de la represión salarial y, por ende, de la demanda, que para solucionar la terminal metástasis del servicio eléctrico. La Asamblea Nacional no es en estos momentos el ente más apropiado para proponer un referéndum consultivo acerca de posibles soluciones al desastre eléctrico. La mayoría holgada del PSUV en el ámbito legislativo ha impedido tanto la investigación como la legislación de soluciones significativas necesarias para salir de la crisis eléctrica. Asimismo, es muy probable que las medidas legales estén orientadas a incentivar el liderazgo del sector privado, sin los contrapesos que deberían estar presentes frente al carácter monopolista de la oferta del servicio eléctrico. La sociedad venezolana tiene la capacidad de dirigir la lucha por recuperar el servicio eléctrico en el país a través de un referéndum consultivo, en el que se discuta con libertad de expresión adecuada y seriedad técnica.

La electricidad como servicio está en una zona de arenas movedizas, ya que, por un lado, tiene que cumplir con las exigencias de cobertura universal y, por otro lado, ajustarse a las características de un factor productivo, el cual está sujeto a las leyes del mercado. Como se puede observar en la figura, el servicio eléctrico se evalúa con un doble criterio, a diferencia de otros servicios que son o valorados socialmente o son mercancías sujetas a leyes del mercado. Por ejemplo, en el servicio de agua, la valoración social es evidente debido a su esencialidad para la vida humana y pocos son los que se atreven a “privatizar” el agua. En el caso de las telecomunicaciones, por el contrario, las condiciones de calidad y precio son dictadas por el mercado, a pesar de los esfuerzos regulatorios que siempre van rezagados en su alcance debido a la continua destrucción creativa schumpeteriana que caracteriza este sector.

RR 30 5 2026

Las características especiales de los servicios en general, y especialmente los llamados servicios públicos básicos, requieren que no se les encierre en el dilema convencional público versus privado. Si se gestionan como una actividad pública sin que exista una sociedad que sea capaz de supervisar a los responsables, los suscriptores pasan a ser simples usuarios cautivos que no tienen la posibilidad de ejercer sus derechos legítimos cuando surgen crisis en la prestación de servicios. Los suscriptores también son considerados usuarios cuando el sector privado ofrece el servicio sin contar con una agencia de regulación que sea accesible, transparente, profesional y sólida para los ciudadanos.[1]

El referéndum que proponemos de manera quijotesca debe ser realizado con un objetivo constructivo, tanto para las élites gobernantes actuales como para las que las sucedan eventualmente. La tragedia eléctrica requiere medidas que involucrarán los mandatos constitucionales de más de un periodo; por lo tanto, todos: el gobierno y la oposición, deben estar guiados por el soberano, quien se manifestaría en un referéndum consultivo.

Si no es el Gobierno ni la Asamblea Nacional los que deberían ser los promotores del referéndum consultivo sobre el asunto eléctrico, existe una entidad que podría cumplir esta función de manera adecuada y coordinar lo necesario para solicitarlo ante el deteriorado Consejo Nacional Electoral (CNE), siempre y cuando se haga con la ayuda de expertos y representantes de la sociedad que sufren a diario la tragedia eléctrica: empresas, organizaciones públicas y privadas, así como consumidores residenciales. Se me ocurre, quizás de manera quijotesca, que la Defensoría del Pueblo, tiene la capacidad de convocar un proceso de postulación para aquellos ciudadanos y aquellas ciudadanas que deseen formar parte de un comité asesor que ayude en la promoción y tramitación ante el CNE de un referéndum consultivo con tres objetivos: a) Actuar como instrumento educativo para que los venezolanos comprendamos las complejidades y particularidades del Sistema Eléctrico Nacional (SEN), b) Fomentar la reflexión que debemos tener los ciudadanos sobre nuestros derechos y obligaciones respecto al servicio eléctrico, y c) Proponer acciones consensuadas para ser implementadas por las entidades estatales encargadas de gestionar el SEN.

¿Por qué un referéndum consultivo de triple propósito: pedagógico, reflexivo y propositivo?

La Constitución vigente, la de 1999, dice en su Artículo 71 lo que tiene que ver con el referéndum consultivo[2]. De las tres posibilidades para convocarlo, la única autorizada a los ciudadanos es la del diez por ciento de los votantes. Para incentivar a los votantes en un asunto tan crucial para la calidad de vida y la economía del país como lo es la electricidad, se requiere, en mi opinión, una estrategia que lo resguarde de la polarización política tanto como sea posible, así como de la falta de profundidad, el desconocimiento y las emociones con las que se opina sobre este tema en diversos ámbitos, especialmente en las redes sociales. Asimismo, la promoción y conceptualización del referéndum en cuestión debe contener los claros intereses económicos que giran en torno a las soluciones milagrosas, que se exhiben sin tapujos todos los días, muchos de ellos usando un lenguaje técnico pero con un notorio oportunismo. En el tema eléctrico hay mucho dinero en juego y hay más de un pescador de río revuelto.

La Constitución de 1999, en la Exposición de Motivos del Capítulo IV, Del Poder Ciudadano, establece que es responsabilidad de la Defensoría del Pueblo intervenir en asuntos relacionados con la electricidad, que se ha transformado en un derecho humano derivado[3]:

La Defensoría del Pueblo representa la institución del Poder Público más vinculada y cercana a los ciudadanos, cuyas funciones son esenciales para controlar los excesos del poder y garantizar que el sistema democrático no sólo sea una proyección constitucional, sino una forma de vida en sociedad con eficacia y realidad concreta, donde los derechos e intereses de los ciudadanos sean respetados. Se atribuyen al Defensor del Pueblo las más amplias funciones y competencias en las materias antes señaladas, tales como velar por el efectivo respeto y garantía de los derechos humanos consagrados en esta Constitución y en los tratados, convenios y acuerdos internacionales sobre derechos humanos ratificados por la República.

Teniendo en cuenta la complejidad técnica que implica todo lo relacionado con el SEN, no espero que la Defensoría del Pueblo asigne sus escasos recursos materiales y humanos a un asunto de tal magnitud como la electricidad. Pero buscándole la vuelta, en el artículo 281 de la Constitución se encuentra nada más y nada menos la referencia explícita a atribuciones del Defensor o Defensora del Pueblo en el “correcto funcionamiento de los servicios públicos”:

Son atribuciones del Defensor o Defensora del Pueblo:1. Velar por el efectivo respeto y garantía de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados, convenios y acuerdos internacionales sobre derechos humanos ratificados por la República, investigando de oficio o a instancia de parte las denuncias que lleguen a su conocimiento.2. Velar por el correcto funcionamiento de los servicios públicos, amparar y proteger los derechos e intereses legítimos, colectivos o difusos de las personas, contra las arbitrariedades, desviaciones de poder y errores cometidos en la prestación de los mismos, interponiendo cuando fuere procedente las acciones necesarias para exigir al Estado el resarcimiento a las personas de los daños y perjuicios que les sean ocasionado con motivo del funcionamiento de los servicios públicos.

Por lo tanto, si la recién nombrada Defensora del Pueblo decide sensibilizarse con respecto a la tragedia eléctrica que sufrimos los venezolanos, especialmente aquellos que viven en lo que se conoce como “monte y culebra”, o sea, el interior del país, tendrá una gran oportunidad para encabezar una participación democrática, cívica y completamente pacífica. Esta consistiría en impulsar un referéndum consultivo para investigar cuál es la postura de los votantes venezolanos sobre cómo abordar las deficiencias estructurales y coyunturales del SEN, incluyendo a aquellos que residen fuera de Venezuela. Analicemos cómo podríamos poner en práctica esta tremendura quijotesca del autor.

Usando un método parecido al que la Asamblea Nacional utiliza para designar al Defensor del Pueblo y a otros altos funcionarios del Estado, la Defensora del Pueblo tiene la potestad de convocar a profesionales, líderes gremiales, amas de casa y otras personas para que se postulen con el fin de formar parte de un Comité Asesor del Referéndum Consultivo del SEN venezolano (RCSENVE). Este comité le ayudaría en el diseño y desarrollo del referéndum hasta que se entregue formalmente la solicitud ante el CNE. ¿A qué requisitos deben atenerse los postulantes? ¿Cuántos miembros deberían componer el Comité Asesor y cuál es la composición más apropiada de este? La Defensora del Pueblo debería contestar a estas preguntas. Solo me atrevo a sugerirle que los postulados que no sean elegidos para formar parte del Comité Asesor se incluyan en los equipos de trabajo que tendrán que formarse para llevar a cabo varias tareas de planificación y promoción del referéndum.

Cuando la Defensora del Pueblo decida respaldar esta iniciativa de RCSENVE, comenzará una campaña pedagógica acerca de la electricidad. Los venezolanos y venezolanas, como suscriptores del servicio eléctrico, en términos generales, hemos actuado bajo el signo de la ignorancia infeliz. Esto es porque no sabemos mucho o casi nada sobre las complejidades del servicio eléctrico que llega a nuestras casas o empresas, pero nos sentimos maltratados e ignorados porque ni el gobierno ni los influencers nos inspiran confianza. Si bien se publicitan las más variadas razones, todas legítimas, desde la obsolescencia tecnológica y organizacional hasta las derivadas de las sanciones como de la innegable corrupción, no disponemos como sociedad de un conocimiento mínimo acerca de las peculiaridades de nuestro SEN. Algunos ilustrados, ya sean ingenieros o profesionales del sector, aunque son expertos en los aspectos técnicos del problema, no lo son en otros elementos que deben tenerse en cuenta al decidir sobre una opción específica; por ejemplo, el delicado asunto de las tarifas y sus efectos políticos y sociales, independientemente del esquema que se discuta o adopte al respecto. O la repercusión que tiene la electricidad en la ocupación racional del territorio.

Las actividades de promoción del RCSENVE deben incorporar foros, charlas, videos y otros recursos que instruyan a los votantes sobre temas como la naturaleza de la electricidad, las tarifas vinculadas con diferentes alternativas técnicas, organizacionales e institucionales para su producción, distribución, transmisión y comercialización. Algunos de estos temas incluyen dilemas como el financiamiento y su planificación y funcionamiento sostenido y estable.

También se debe incluir en esta labor pedagógica la historia de nuestro SEN. Por ejemplo, debemos reeducarnos, si es que lo damos por sabido, sobre el porqué el Estado venezolano decidió en los años cuarenta del siglo pasado acometer el aprovechamiento eléctrico de la Cuenca del Caroní en el sur del país. Por qué los supuestos de la planificación eléctrica que el país asumió en los años cincuenta y sesenta se abandonaron y ello, como señalan algunos, le ha incorporado al SEN lo que denominan “inestabilidad intrínseca”.

Los venezolanos debemos educarnos sobre cómo la electricidad se relaciona con el petróleo, tanto como proveedor de renta como también como elemento productivo. El RCSEVEN, en sus fases de planificación y promoción, tiene que abordar el tema fundamental de cómo utilizar nuestra condición como nación con enormes reservas petroleras para obtener una seguridad eléctrica que apoye la ocupación y el crecimiento socioeconómico del territorio. Un asunto controvertido que debe ser discutido de manera ordenada es el de si como país deberíamos obligarnos a destinar una parte del petróleo, ya sea como renta o como insumo, para producir la electricidad que actualmente requieren las regiones del país que dependen del Guri y cuya situación se vuelve cada vez más insostenible.

Desde mi perspectiva, el núcleo pedagógico del RCSEVEN se basa en la complejidad inherente de la electricidad, que requiere un enfoque integral y libre de prejuicios técnicos, políticos e incluso sociales que rodean a este recurso. La electricidad es un compañero de la civilización que está en proceso de reemplazar al petróleo como fuente energética. De acuerdo con lo indicado por la Agencia Internacional de Energía (IAE), el mundo ha entrado en la Era de la Electricidad.[4]

Hoy en día, la electricidad es un bien estratégico y su importancia se manifiesta a través de tres funciones analíticas esenciales. En primer lugar, constituye un soporte material del derecho a una vida digna, ya que permite tener acceso a servicios esenciales y condiciones básicas de bienestar. Por esto, el acceso equitativo a la electricidad es un derecho humano. Por lo tanto, es conveniente permitir que las amas de casa, los consejos comunales, las juntas de condominio y las ONG que se enfocan en los derechos humanos expresen su opinión y aprendan al mismo tiempo sobre las particularidades del servicio de electricidad, conocido como “el servicio de servicios”. En segundo lugar, la electricidad es un elemento clave en la producción de bienes y servicios, ya que mantiene los procedimientos comerciales, industriales y tecnológicos en los que se basa la vida económica actual. Por lo tanto, se convierte en una mercancía sujeta a costos de producción y rentabilidad necesarios para garantizar su continuidad a lo largo del tiempo. Y en tercer lugar, la electricidad ejerce un papel cohesivo en los espacios socio-territoriales porque ayuda a integrar el territorio, fortalecer las actividades socioeconómicas y asegurar una presencia efectiva del Estado en todo el país. Por lo tanto, es indispensable que los planificadores y administradores de territorios, especialmente los municipios, participen en la discusión de este aspecto de la electricidad.

En pleno siglo XXI, la electricidad no debe ser considerada solamente como una cuestión técnica o empresarial, sino más bien como el eje de una política pública que sea capaz de enlazar intereses variados, que recoja los acuerdos necesarios entre los funcionarios públicos, los productores y los consumidores. La estabilidad, el mantenimiento, la financiación y la expansión del sistema eléctrico nacional dependen en gran medida de esa convergencia. Solo a través de acuerdos sociales e institucionales se puede garantizar que el sistema sea sustentable. Por lo tanto, la política eléctrica debe enfocarse no solamente en asegurar que el servicio se preste, sino también en crear condiciones de legitimidad, corresponsabilidad y continuidad para el sistema a largo plazo.

Si la Defensoría del Pueblo acepta esta petición quijotesca, se sugeriría que se garantice de alguna manera que el Comité Asesor esté compuesto por individuos que representen esos tres ángulos específicos de la electricidad: defensores de los derechos humanos, expertos en el sector y funcionarios estatales encargados de las políticas públicas vinculadas con la ocupación y utilización apropiada del territorio.

Notas:

[1] Ramón Rosales Linares: Los servicios públicos: ¿Para ciudadanos, clientes o usuarios? Ediciones IESA. 1996

[2] Constitución de la República Bolivariana Artículo 71 Las materias de especial trascendencia nacional podrán ser sometidas a referendo consultivo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; por acuerdo de la Asamblea Nacional, aprobado por el voto de la mayoría de sus integrantes; o a solicitud de un número no menor del diez por ciento de los electores y electoras inscritos en el registro civil y electoral. También podrán ser sometidas a referendo consultivo las materias de especial trascendencia parroquial, municipal y estadal. la iniciativa le corresponde a la Junta Parroquial, al Concejo Municipal y al Consejo Legislativo, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes; al Alcalde o Alcaldesa, o al Gobernador o Gobernadora de Estado, o un número no menor del diez por ciento del total de inscritos e inscritas en la circunscripción correspondiente, que lo soliciten.

[3] Lars Löfquist: Is there a universal human right to electricity? https://doi.org/10.1080/13642987.2019.1671355

[4] IEA, 2025. Global Energy Review 2025. International Energy Agency. Disponible en: https://www.iea.org/reports/global-energy-review-2025.

 

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