En los primeros meses del 2019 el Banco Central de Venezuela cayó en una situación de inactividad institucional, operando solo a lo interno debido a las irregularidades que el gobierno norteamericano detectó en su manejo, por lo que emitió prohibiciones dirigidas a bloquear transacciones del gobierno de Nicolás Maduro en el sistema financiero internacional buscando impedir que la institución siguiera siendo utilizada como herramienta política.
Hugo Chávez se dispuso a tomar el BCV
A través de la Asamblea Constituyente que formó a su gusto y conveniencia, entre otros objetivos incluyó su propósito de adueñarse del banco, y en ese propósito comenzó por incluir en el texto constitucional unos larguísimos artículos, 318, 319 y 320, en los que se desarrolló una idílica normativa que al poco tiempo él mismo y su sucesor destruyeron, allí se diseñó una normativa que le asignó a la institución funciones vitales para la economía del país bajo mecanismos de control parlamentario que aseguraban su buen manejo, tanto que incluso se prohibió la subordinación al Poder Ejecutivo y la convalidación o financiamiento de políticas fiscales deficitarias.
Chávez comenzó pidiendo “un millardito”
Todos recordamos aquella exigencia que en el año 2004, en su programa televisado dijo: “No es justo, de veintiún mil millones de dólares que hay de reservas en el Banco Central, solo estoy pidiendo un millardito”. Es que el directorio del BCV se negaba rotundamente a complacer aquella exigencia.
El Banco Central según la ley
Antes del arribo de Chávez al poder, el BCV se regía por la ley que había sido publicada en Gaceta Oficial 35106 del 4 de diciembre de 1992, según la cual la dirección estaría a cargo de una directiva compuesta por un presidente y seis directores. El presidente sería nombrado por el presidente de la república con autorización del Senado, esto mediante el voto calificado de las dos terceras partes. Esto obligaba a la concertación de las distintas fuerzas políticas. Cuatro de los directores también serían del libre nombramiento del presidente de la República y dos por el Congreso, lo que también requería de acuerdos en su seno.
Lo que hicieron con esa ley
El 4 de septiembre de 2001 dicha ley fue derogada y sustituida por el partido MVR, y posteriormente, estando Diosdado Cabello en la presidencia de la Asamblea Nacional, hizo aprobar una ley habilitante que denominó “antiimperialista” por la cual se le cedía a Maduro la facultad de legislar por medio de decretos ley. Seguidamente el 30 de diciembre de 2015 éste emitió el Decreto ley 2179 en cuyo artículo 16 se autoatribuyó la facultad para nombrar al presidente y a todos los directores del banco, revocando así la potestad legislativa de nombrar a dos de ellos. Es decir, desde entonces Nicolás Maduro pasó a personificar al Banco Central de Venezuela.
Que hizo la AN
El 3 de marzo de 2016 la Asamblea Nacional dictó una ley de reforma parcial del antes citado decreto ley y modificó su artículo 16 reinstaurando la facultad del Poder Legislativo de nombrar a dos de los directores del BCV, pero inmediatamente, el 17 de marzo, Nicolás Maduro utilizó la Sala Constitucional del TSJ para demandar la nulidad de dicha reforma. A los diez días hábiles siguientes, el entonces magistrado Calixto Ortega actuando como ponente y los demás magistrados de la Sala emitieron una exhaustiva sentencia de 60 páginas declarando la nulidad de dicha reforma por “inconstitucional”. Esto consta en la sentencia 259 del 31 de marzo de 2016 en el expediente entonces marcado con el número 2016-0279.
El argumento base de la demanda y su sentencia fue que la Asamblea Nacional lo que pretendía era infectar políticamente el manejo del banco “para obstruir la labor patriótica de Nicolás Maduro” como su conductor.
La segunda Asamblea Constituyente
Para nulificar las actuaciones de la Asamblea Nacional de mayoría opositora, Nicolás Maduro convocó una segunda Asamblea Constituyente que operó desde mayo de 2017 hasta diciembre de 2020, que primero presidió Delcy Rodríguez y luego Diosdado Cabello. Este otro aparato constituyente operó como sustituto del poder legislativo que emitió un conjunto de instrumentos denominados “leyes constitucionales” que arbitrariamente se aplicaron y se siguen haciendo en esta subversión legislativa que instauró el sistema chavista con el que se ha infectado todo el sistema legal del país.
El 3 de agosto de 2018 la otra fachada constituyente que presidió Diosdado Cabello procedió a derogar el artículo 318 de la comentada Ley del BCV, el cual penalizaba la transferencia o traslado de fondos, la importación y exportación de oro.
Tarek Wiliam Saab nombrado como fiscal provisional
Posteriormente aquella otra Asamblea Constituyente del año 2017 en principio la presidió Delcy Rodríguez hasta que en 2018 fue sustituida por Diosdado Cabello. En el año 2020 repentinamente dicho organismo cesó actividades sin haber cumplido con el objetivo de lo que un órgano de esa naturaleza implica que es hacer una constitución, más sin embargo sí emitió una serie de disposiciones como si fueran leyes, instrumentos que entonces perdían toda efectividad legal, pero las mantuvieron vigentes. Por cierto que dicha fallida ANC también nombró como “fiscal provisional” o “encargado” a Tarek William Saab, provisionalidad en la que ilícitamente se mantuvo este ahora defenestrado funcionario, pero esta es otra historia que luego trataremos.

