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Jonatan Alzuru: La constituyente; Manifiesto y la interpretación de Asdrúbal Aguiar

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I. Presentación y planteamiento constitucional

Agradezco al Dr. Asdrúbal Aguiar el envío de su libro “Narcoterrorismo de Estado y reconstrucción de la libertad en Venezuela. El Manifiesto de Libertad” (Panamá, 2025). El volumen abre con palabras de presentación, sigue con un estudio sobre el conflicto entre Estados Unidos y Venezuela —“Narcoterrorismo de Estado: el cartel de los soles en Venezuela y su guerra contra Estados Unidos”— dividido en dos partes, y culmina con “Determinación de la voluntad de nación en Venezuela y reconstrucción de su constitucionalidad en libertad”, donde interpreta el Manifiesto de Libertad de María Corina Machado (9 de noviembre de 2025).

Primera consideración: Celebramos la rapidez con que apareció un libro impreso para interpretar un texto recién publicado; buscamos corresponder esa misma prontitud. En la apertura afirma

“El colofón de las páginas siguientes […] es el Manifiesto de Libertad de María Corina Machado, cabalmente consecuente con lo explicado […] destinado […] a provocar el debate necesario sobre las vías para la reconstitución de la nación y ajustar el modelo constitucional que mejor la personifique.” (Aguiar, 2025:20)

Tal coincidencia sugiere trabajo conjunto; cualquier objeción al Manifiesto o a su interpretación alcanza a ambos autores. Este ensayo examina los problemas prácticos y filosófico-jurídicos de esa coincidencia.

Segunda consideración: aunque la obra es teórica, tiene una derivación práctica evidente, un supuesto no explícito: una transición constitucional. ¿Por qué, según Aguiar y Machado, debe convocarse una constituyente y no una reforma?

Primero, por la frase del jurista: “ajustar el modelo constitucional que mejor la personifique”, que implica que la Constitución vigente no representa a la nación. Segundo, porque el Manifiesto formula principios fundamentales que solo pueden expresarse en una Constitución nueva, no en una reforma parcial.

De ello se sigue:

1.  ¿Una nueva Constitución? Exige deliberación de partidos, movimientos sociales, instituciones y ciudadanía. La decisión crucial es reforma o constituyente.

2. Si se opta por una constituyente —o se acepta sin discusión la propuesta de Machado y Aguiar— debe aplicarse el art. 347 de la Constitución de 1999: el pueblo convoca la Asamblea Nacional Constituyente mediante una ley especial que regule elección, plazos y garantías.

3. Solo la Asamblea Constituyente puede deliberar y fijar principios constitucionales.

4. Nadie puede atribuirse el derecho de definirlos por adelantado (véase Alzuru Jonatan, Principios y normas éticas: Límites al individuo, Emisora Costa del Sol, 21/11/2025).

Añado un razonamiento: si un presidente electo con 99% de apoyo redacta principios constitucionales en un manifiesto, ¿cómo deben responder diputados, senadores, partidos, juristas y ciudadanía? Aceptarlos sería renunciar a la deliberación democrática; discutirlos exige un espacio institucional, y ese espacio es el Parlamento (Asamblea Nacional, Congreso…)

5. El Manifiesto de Libertad, por tanto, solo puede ser una propuesta más dentro de una constituyente. La propuesta de realizar una constituyente coincide con declaraciones de César Pérez Vivas al respecto, integrante del equipo de Machado.

Excurso: Estimado lector, no deje de leer la nota final sobre el Plan Económico que plantea el dr. Gustavo García, coordinador del equipo económico de MCM. Contrasta con el Manifiesto de Libertad y suscribo esa perspectiva.

II. Sobre la interpretación: el problema conceptual

No evalúo aquí la descripción histórica que realiza el autor, sino sus fundamentos. Si la base conceptual es débil, también lo será la arquitectura del texto. En la Apertura, señala Aguiar:

“Como Jano, María Corina […] ausculta nuestro pasado […] y de él extrae lo germinal de la venezolanidad; lo que es y habrá de ser la síntesis de la voluntad perpetua de nuestra nación.” (Aguiar, 2025:20) Y en el capítulo correspondiente al Manifiesto: “Como Jano […] el Manifiesto de Libertad nos devuelve hasta las fuentes de lo que somos genuina y genéticamente los venezolanos […] hemos sido un ser inacabado y adánico, un No-ser a perpetuidad.” (Aguiar, 2025:104)

Jano, dios romano de los comienzos y de los umbrales, mira simultáneamente hacia el pasado y el porvenir, pero no conoce ni determina el futuro: solo abre el tránsito hacia lo que aún no existe. Sin embargo, Aguiar atribuye a Machado una función que desborda ese simbolismo. Le concede la capacidad de caracterizar la totalidad histórica del venezolano —en lo económico, religioso, político e incluso “genético”— y, además, de anticipar la forma futura de la nación, como sugiere la frase “lo que es y habrá de ser la síntesis de la voluntad perpetua de nuestra nación”. En esta operación, Machado no se asemeja a Jano, sino que lo supera, porque mientras el dios solo custodia el paso entre tiempos, a ella se le atribuye la facultad de definir el devenir, transformando el “no-ser” en “ser”.

Pero ¿puede un manifiesto concentrar la “sustancia” de una nación y elevarse a principio constitucional? La respuesta filosófico-jurídica es no. Las naciones no son esencias permanentes, sino procesos históricos: el ethos de un país. Pretender que un texto capture “lo venezolano” otorga a un individuo el poder de definir el devenir, la pluralidad en tiempo y espacio. Ni una sola persona ni un equipo de los mejores teóricos podría hacerlo.

Otra discusión, otro orden epistémico e histórico, es si la nación fundó al Estado o viceversa. Coincido con Aguiar en que el Estado venezolano creó a la nación; idea desarrollada por Simón Rodríguez en “Sociedades Americanas de 1828”, donde propone un gobierno etológico fundado en las costumbres, a través de su modificación con la educación popular. La diferencia con Aguiar es sustancial: Rodríguez nunca pretendió conceptualizar jurídicamente la nación, sino formar ciudadanos capaces de crear, en un futuro posible, una arquitectura jurídica acorde con la cultura.

III. Nación, Estado y principios: riesgos del Manifiesto

La distinción entre principios procedimentales y sustanciales aclara el problema del Manifiesto: los primeros permiten que cada ciudadano opine, discrepe, actúe económicamente distinto y participe sin imponer ni aceptar un modo de vida; los segundos fijan un contenido previo de la libertad, restringiendo la diversidad ciudadana y dejando la legitimidad en manos de quien define ese contenido. El Manifiesto lo evidencia: “Sostenemos que la dignidad de toda alma humana es sagrada […] El valor propio del individuo crece con la productividad…”.

El texto opera con la ecuación dignidad = productividad = valor individual, que transforma un principio universal en obligación moral y subordina la libertad a la eficiencia, anulando la pluralidad que debería proteger.

Afirma que “cuando el Estado impone su pesada mano sobre el mercado, sofoca el espíritu humano”, equiparando libertad económica con desregulación. Así, cualquier intervención estatal sería inconstitucional: por ejemplo, fijar precios de emergencia ante escasez y alza de precios en el mercado farmacéutico; lo que  dejaría desprotegidos a los más vulnerables y beneficiaría solo a los acomodados.

El Manifiesto incurre además en una falacia de inducción ilimitada: apela a “la historia” para sostener una verdad absoluta: vincular dignidad con productividad; colocaré dos citas más: “Recordemos que la historia nos demuestra; cuando las personas prosperan como consecuencia de su trabajo, todos los demás derechos vienen dado como consecuencia” —“el valor propio del individuo crece con la productividad”— ignora la diversidad de modelos exitosos por productivos que cumplirían con esa ecuación: Escandinavos (Estado fuerte regulador + mercado libre); anglosajones (Estado reducido + mercado competitivo + institucionalidad anticrisis); chino (Estado planificador + mercado competitivo); alemán (Estado fuerte regulador + mercado libre).

A ello se suma una contradicción: el texto invoca la historia para justificar un mercado con Estado mínimo como verdad definitiva y, a la vez, la desconoce al ignorar la evolución histórica de los derechos humanos de forma absoluta, cuando afirma: “Todo venezolano nace con derechos inalienables otorgados por nuestro Creador, no por los hombres.”

Otra contradicción: los derechos son divinos y, al mismo tiempo, dependen del trabajo (“cuando las personas prosperan…, todos los demás derechos vienen dado como consecuencia”). El mercado y Dios quedan al mismo nivel; no pueden ser divinos e históricos a la vez, salvo que describa a Jesucristo y se tenga fe.

IV. En síntesis: conclusiones sobre libertad y transición

En síntesis, tanto la interpretación como el Manifiesto presentan inconsistencias lógicas y metodológicas, así como prescripciones apodícticas que, en lugar de abrir la deliberación que proclaman, la cierran. Reducen la libertad que dicen defender, subordinan valores morales a prácticas económicas, universalizan lecturas históricas particulares y niegan la historicidad de los derechos humanos.

Aunque importante, la discusión constitucional es secundaria frente a los dilemas reales de la transición: si se ilegaliza al PSUV, se negocia con gobernadores y alcaldes, se disuelve la Asamblea para gobernar por decreto y, sobre todo, quién decide: la coalición de partidos, Vente Venezuela o alianza cívico militar encabezada por González Urrutia. La sociedad civil no necesita conocer esos acuerdos, pero los actores políticos sí, salvo que la transición se conciba como dictadura.

Para nosotros, los venezolanos comunes, basta saber qué organizaciones tienen claridad sobre el rumbo de la transición, porque reduce nuestra incertidumbre; los representantes deben informar y los ciudadanos tenemos derecho a exigirlo. La falta de reuniones presenciales no impide deliberación: internet y sistemas de seguridad permiten comunicarse; Zelenski, por ejemplo, pidió ayuda a Elon Musk por redes mientras comanda una guerra en condiciones mucho más complejas que las de nuestras organizaciones políticas.

Estudiar escenarios y las decisiones es un requisito sine qua non, junto con aprender de experiencias comparadas, para las organizaciones políticas quienes conducirán la transición. En 1982 nadie sabía cómo reaccionaría Pinochet, pero igual se planificó la transición con escenarios alternativos. De allí la relevancia de la entrevista a Andrés Zaldívar (YouTube, BioBio: “Andrés Zaldívar: Yo soy demócrata hasta que me duela”, “Chile 1989–2019”), donde explica cómo prepararon la transición chilena estudiando la española, realizando seminarios e invitando a expresidentes como Rafael Caldera, por el éxito de la transición del 58 y la estabilidad de Venezuela. Todo debe adaptarse a nuestra realidad actual, siempre sujeta a imponderables que exigirán improvisación.

Nota importante: El 29/11 grabamos: “Venezuela como problema” con el Dr. Gustavo García, asesor económico de MCM y artífice del equipo técnico del Congreso (1997-1998), cuyas propuestas pasaron a la Constitución de 1999; sostiene que solo hacen falta reformas puntuales. El programa, en dos partes (YouTube 6 y 7 de diciembre), en la primera hace un análisis pertinente del período (58-98) y en la segunda aborda su tesis: Estado fuerte para lograr la igualdad de oportunidades mediante inversión en educación, salud, programas sociales de emergencia y de servicios, agua y luz, financiada por multilaterales, y privatización de PDVSA con áreas mixtas y privadas bajo un modelo: Estado fuerte regulador + libre mercado. No adelanto más.

La apuesta por el disenso es de hecho un desafío a los modos normalizados del pensar. Es una manera francamente arriesgada de retar a los circuitos ordinarios de reproducción de los discursos dominantes. (Rigoberto Lanz, 2000, El discurso posmoderno: Crítica de la razón escéptica, 112).

Profesor universitario.

 

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