Las fronteras de nuestro país debieron corresponder a los territorios de la Capitanía General de Venezuela en 1810, conforme al principio del uti possidetis juris invocado por las repúblicas hispanoamericanas. Sin embargo, las que hoy tenemos, definidas y por definir, reflejan también los despojos que sufrimos en el siglo XIX y comienzos del XX: el Laudo español de 1891 y el arbitraje del Consejo Federal suizo de 1922 frente a Colombia, y el Laudo de París de 1899 frente a la Guayana Británica. La excepción fue el laudo de la Corona española de 1865, que reconoció nuestra soberanía sobre Isla de Aves.
Esos antecedentes tienen consecuencias jurídicas distintas. La frontera terrestre con Colombia quedó establecida mediante instrumentos que culminaron en el Tratado de Límites y Navegación de 1941. La controversia sobre el Esequibo, en cambio, permanece abierta. Defender nuestros derechos exige conocer tanto los títulos históricos como las obligaciones internacionales del Estado.
En el siglo XX, el desarrollo del derecho del mar abrió nuevos espacios bajo soberanía o jurisdicción nacional. Venezuela delimitó la plataforma submarina del Golfo de Paria con el Reino Unido en 1942. Posteriormente, con el destacado aporte de Isidro Morales Paúl, se suscribieron los tratados de delimitación de áreas marinas y submarinas con Estados Unidos y el Reino de los Países Bajos, respecto de las Antillas Neerlandesas, en 1978; con República Dominicana en 1979, y con Francia en 1980. La delimitación con Trinidad y Tobago culminó con el tratado de 1990.
Quedan pendientes tres grandes frentes. Con Guyana, la controversia está ante la Corte Internacional de Justicia, que celebró en mayo de 2026 las audiencias sobre el fondo del caso relativo al Laudo de 1899 y cuya decisión está pendiente. Con Colombia, continúa sin resolverse la delimitación de áreas marinas y submarinas en el Golfo de Venezuela, tras el rechazo de la Hipótesis de Caraballeda en 1980, además de las labores de demarcación y mantenimiento de la frontera terrestre. En el Caribe oriental subsisten delimitaciones pendientes vinculadas con los espacios marítimos que Venezuela atribuye a Isla de Aves, cuya capacidad para generar zona económica exclusiva y plataforma continental ha sido cuestionada por algunos vecinos.
A esto se suma una paradoja. Venezuela acogió en 1974 las sesiones de Caracas de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, pero no es parte de la Convención de 1982, por sus objeciones a las disposiciones sobre delimitación y régimen de las islas. Esa decisión respondió a la defensa de intereses nacionales concretos. Corresponde examinar hoy, con el mismo rigor, las consecuencias de mantenerla y las que tendría una eventual adhesión.
Pero el tema de las fronteras también comprende las condiciones de vida de poblaciones cuyas relaciones familiares, culturales y económicas atraviesan los límites entre Estados. Venezuela suscribió en 1978 el Tratado de Cooperación Amazónica, que ofrece un marco para la cooperación y el desarrollo de esos territorios. Sin embargo, salvo esfuerzos realizados durante algunos gobiernos democráticos, hemos carecido de una política sostenida que atienda las particularidades de cada región fronteriza.
Desde que escribí una primera versión de estas líneas, en 2014, el problema se ha agravado. Los cierres y restricciones de la frontera con Colombia a partir de 2015, y su posterior reapertura en 2022, junto con la emigración masiva, transformaron la vida de sus habitantes. En zonas del sur y del occidente, la minería ilegal y los grupos armados irregulares disputan o sustituyen la autoridad del Estado. La cuestión ya no es solamente dónde pasa la línea, sino quién ejerce efectivamente el poder sobre el territorio y sus poblaciones.
Una política de fronteras digna de ese nombre debería descansar en cuatro pilares.
El primero es una diplomacia de límites profesional y de Estado, que trascienda los gobiernos y recupere la continuidad técnica que hizo posibles las delimitaciones marítimas de los años setenta y ochenta. La defensa territorial requiere archivos, investigación, equipos especializados y una estrategia sostenida.
El segundo es una revisión rigurosa de nuestra posición frente a la Convención del Mar. Esa evaluación debe considerar los intereses actuales del país, la evolución del derecho internacional y las consecuencias jurídicas de cada alternativa.
El tercero consiste en establecer regímenes fronterizos diferenciados. El Táchira, la Guajira, el Amazonas, el territorio Esequibo en reclamación y el Caribe insular presentan realidades que requieren tratamientos propios. Las comunidades fronterizas, incluidos los pueblos indígenas, deben participar en las decisiones que afectan sus vidas. La cooperación con los vecinos debe traducirse en seguridad, movilidad, servicios y oportunidades de desarrollo.
El cuarto es recuperar la presencia efectiva del Estado mediante instituciones capaces de proteger a la población, administrar justicia, prestar servicios y promover actividades económicas legales. La presencia militar forma parte de esa responsabilidad, pero necesita acompañarse de escuelas, centros de salud, vías de comunicación y autoridades que respondan ante los ciudadanos.
Esta agenda debe formar parte de la reconstrucción democrática de Venezuela. Defender el territorio exige también garantizar que quienes lo habitan puedan vivir con seguridad, derechos y oportunidades.
La frontera no es solo el borde del país. Es el lugar donde se pone a prueba su soberanía.

