Cretinismus iudicialis: La indigencia intelectual en el estrado
Y con su cuerpo crecía su reputación de hombre juicioso, sabio y “profundo”, y nadie se cansaba de alabar el talento maravilloso… mientras en la oscuridad de su boca se tocaba el diente roto con la lengua, sin pensar. Pedro Emilio Coll (El diente roto).
La alegoría de Juan Peña y el vacío institucional
Se convoca la figura emblemática de Juan Peña, el inolvidable personaje de El diente roto de Pedro Emilio Coll, porque encarna el fenómeno de la falsa sabiduría y la vacuidad venerada. Juan Peña, un granuja ignorante y lerdo, descubre de niño una pequeña cavidad en una de sus piezas dentales y pasa los días en una sola ocupación: tocarse la punta de la lengua contra el diente roto, con la mirada perdida y el rostro inmóvil. Ese mutismo absoluto y esa ausencia total de pensamiento son interpretados erróneamente por sus padres, maestros, médicos y la sociedad entera como signos de un niño «profundo», «pensativo» y «meditativo». Sin mover un solo dedo ni articular una sola idea, el personaje es elevado a la categoría de genio, estadista y sabio.
Esta parodia retrata con exactitud el cretinismus iudicialis: la triste realidad de un estrado donde la indigencia intelectual y la incapacidad para juzgar se ocultan bajo la solemnidad del cargo, la toga o el silencio. Del mismo modo que la sociedad celebró como un filósofo a quien solo se tocaba un diente roto sin pensar en nada, a menudo en la praxis procesal se pretende revestir de “autoridad” a quien padece de una manifiesta ceguera cognoscitiva y de una ineptitud absoluta para administrar justicia.
El cretinismo como patología de la función jurisdiccional
El cretinismo, entendido en la ciencia médica como una severa deficiencia que compromete el desarrollo cognitivo y el discernimiento, sirve de marco doctrinario para ilustrar el cretinismus iudicialis o la ineptitud judicial. Cuando la noble función de administrar justicia recae en una persona sumida en una evidente indigencia intelectual, el estrado pierde su cometido constitucional y se degrada en un grotesco escenario de arbitrariedad. En la práctica procesal, esta ceguera cognoscitiva se traduce en la incapacidad real del juzgador para examinar la prueba técnica, diferenciar la verdad del forjamiento de documentos o advertir la manifiesta ruptura de la cadena de custodia. Un vacío de tal magnitud en la judicatura representa una amenaza directa al debido proceso, pues quien padece de tan severa limitación intelectiva resulta absolutamente incapaz de valorar el acervo probatorio conforme a las reglas de la sana crítica, reemplazando el criterio jurídico por el capricho y la convalidación ciega de actos viciados de nulidad absoluta.
Crónica
La opacidad del juzgador ante la manipulación probatoria
Frente a la presentación de experticias forjadas y dictámenes carentes de todo rigor metodológico, la presencia de un juzgador afectado por esta patología cognoscitiva impide la activación de los filtros mínimos de control de legalidad. El vicio en la sustanciación procesal no solo pasa inadvertido ante la incompetencia supina del funcionario, sino que se incorpora formalmente al proceso como un acto válido, distorsionando la verdad real. Esta incapacidad de cuestionamiento evidencia la ausencia de criterio analítico, convirtiendo la labor del juez en un simple acto autómata de recepción documental, en el que la manipulación maliciosa de las partes o de sus auxiliares encuentra vía libre sin el debido tamiz de la sana crítica ni el deber supremo de tutela judicial efectiva.
La ruptura de la cadena de custodia y la convalidación de la nulidad
La alteración o ruptura de la cadena de custodia constituye una lesión gravísima al debido proceso que invalida de pleno derecho la eficacia probatoria de los elementos incorporados. Sin embargo, en el contexto de la indigencia intelectiva, el juzgador se muestra inepto para identificar las inconsistencias temporales, materiales o de trazabilidad que delatan la contaminación del expediente. Lejos de sancionar la invalidez mediante la declaratoria de nulidad absoluta, la autoridad judicial convalida el vicio por mera ceguera técnica, permitiendo que la arbitrariedad adquiera ropaje de legalidad e indefensión total para las partes afectadas.
El desplazamiento del derecho por el arbitrio subjetivo
Cuando la falta de luces jurídicas sustituye la motivación fundamentada de las sentencias, el fallo judicial deja de ser una construcción lógica para transformarse en un acto de puro capricho. La incapacidad para articular las premisas de hecho y de derecho condena a la resolución a una evidente falta de motivación, configurando una viciación estructural que socava la seguridad jurídica. Esta falla en el ejercicio del discernimiento no constituye un yerro adjetivo menor, sino la manifestación abierta de una ineptitud insostenible, donde la función pública se ejerce como un mero ritual desprovisto de sustancia intelectiva.
La urgencia de profilaxis en la administración de justicia
La permanencia de la indigencia intelectual en los órganos de decisión representa el colapso ético y funcional de las instituciones encargadas de velar por la legalidad. Despojar al proceso de su rigor técnico para someterlo a la arbitrariedad analfabeta de un juzgador incapaz degrada la administración de justicia a una tragicomedia procesal. El saneamiento del aparato judicial exige visibilizar la incompetencia manifiesta y la falencia cognitiva como causas objetivas de inhabilitación, garantizando que el ejercicio del poder jurisdiccional vuelva a ser patrimonio exclusivo de la idoneidad, la solvencia probatoria y la ecuanimidad dogmática.
La inercia de su pensamiento se convirtió en un dogma; la vacuidad de su espíritu, en un templo. Pedro Emilio Coll (El diente roto),
Explicación del pensamiento: Esta sentencia remata denunciando el peligro institucional de elevar la incapacidad al rango de norma. Cuando la ineptitud no se frena a tiempo, la simple vaciedad del funcionario termina imponiéndose como doctrina y convirtiendo la arbitrariedad en una práctica aceptada sobre el estrado.
Paralelos en la realidad: El costo de la incompetencia y la corrupción judicialLa sátira expuesta en este artículo no nace del vacío, sino de una profunda preocupación por la erosión de la justicia.
A lo largo de la historia reciente, los tribunales de la región han sido testigos de fallos escandalosos que terminaron con la remoción de sus magistrados. Dos ejemplos emblemáticos ilustran perfectamente este fenómeno:
*El caso de la Jueza María Belén Domínguez (Ecuador): Destituida de manera fulminante por el Consejo de la Judicatura tras comprobarse irregularidades manifiestas y un desapego total a las normativas constitucionales en el ejercicio de sus funciones jurídicas. Su actuación y posterior condena penal representaron uno de los episodios de mayor cuestionamiento a la idoneidad y el conocimiento del derecho en su país.
*El caso del Especialista Judicial Jesús Valdez Mostajo (Perú): Removido definitivamente de su cargo por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial al demostrarse faltas gravísimas que beneficiaron directamente a redes de corrupción y crimen organizado. Su proceder, caracterizado por el ocultamiento deliberado de expedientes clave de prisión preventiva por más de un año, personificó el nivel más alarmante de traición a los principios de la justicia.
Ambos casos nos recuerdan que cuando la ineptitud o la venalidad se visten con toga, el Estado de derecho se convierte en una simple parodia.
Profesor universitario – broadcaster – crisantogleon@gmail.com

