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Desde 1997, los empresarios venezolanos vulneraron y contribuyeron al empobrecimiento del trabajador con la reforma de las prestaciones sociales, dijo Cesar Dasilva

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El sector empresarial desde 1997, vulnero y contribuyó al empobrecimiento del trabajador aprovechando la reforma del régimen de prestaciones sociales.

Para el especialista laboral Cesar Oswaldo Dasilva Maita, director del Movimiento en defensa de los trabajadores, señaló que, a raíz de la eliminación de la retroactividad del régimen de prestaciones sociales, en el segundo gobierno del difunto presidente Rafael Caldera, el sector empresarial se había comprometido a realizar incrementos salariales periódicamente, de acuerdo a la inflación acaecida en el País, ya que las liquidaciones de prestaciones sociales, eran calculadas anualmente y pagadas de forma definitiva, no había retroactividad, ese sistema fue aprovechado hasta el 2012, cuando el presidente Hugo Chavez, restablece nuevamente el principio de retroactividad para el pago de las prestaciones sociales, en base a su último salario, dándole rango constitucional, fueron 15 años empobreciendo poco a poco el ingreso del trabajador, pulverizando tanto las prestaciones sociales como el salario  de  los trabajadores, bajo una promesa incumplida.

El sistema o el régimen de 2012, también, tuvo sus bondades, si bien, restableció la retroactividad para el pago de las prestaciones sociales, permitía una dualidad en el cálculo para ver cuál de los dos; es más favorable, al momento de liquidar al trabajador, prometió para ese entonces, el sector empresarial realizar incrementos salariales, de forma periódica, sin embargo, ello no ocurrió, prosiguió el especialista, para ahondar en este punto, esas dualidad de cálculos, que actualmente está vigente en la LOTTT, establece, primeramente, se calcula, se paga y se protege, las prestaciones sociales, y esto es muy importante resaltar, de forma trimestral, en base al salario de ese trimestre, para garantizarla al trabajador, y eso minimizaba, reducía el costo de la retroactividad, ya que se le iba depositando sus prestaciones sociales de forma trimestral en base al salario de ese trimestre, ya sea en un fideicomiso o en un fondo nacional de prestaciones sociales, que nunca se  creó o realizó, y nunca el sector empresarial promovió su creación, para de esta manera, aminorar los riesgos para los trabajadores y para las empresas, tener ya depositadas una parte de ese derecho, como lo exprese anteriormente, atenuaba el pago definitivo de las prestaciones sociales, del efecto de la retroactividad, sin embargo, la gran mayoría de las empresas, en la práctica no crearon los fideicomisos individuales, sino, que prefirieron conminar al trabajador a su ingreso en la empresa, autorizar que se le acreditaran en la contabilidad de la empresa, haciendo uso el patrono y de disponer libremente de los montos que se acreditaban como prestaciones sociales.

El otro, calculo que debe realiza el patrono, y así lo señala la Ley, para pagarle las prestaciones sociales, al momento de terminar su relación de trabajo, y pagarle al trabajador, el cálculo que sea más favorable, es calcular  30 días por cada año de servicios en base a su último salario, por supuesto, que en la práctica este fue que adoptaron la mayoría de las empresas, aprovechando el deterioro del salario, la falta de incremento salarial y la política de bonificaciones que no tienen  ningún efecto salarial, para el pago de las prestaciones sociales, utilidades y vacaciones del trabajador, lo que como lo dije, el pago de las prestaciones sociales, resulta insignificante, para el trabajador, por lo que, considero un descaro, pretender con chantaje para realizar incrementos salariales, eliminar el efecto de la retroactividad para el pago de las prestaciones sociales al trabajador, hay que recordar que el único patrimonio familiar que tiene el trabajador, que da parte de su vida útil a una empresa, a un empleador, son sus prestaciones sociales, y ellas deben ser dignas para tener una vida decorosa, justa y con bienestar, que es lo que propugna nuestra constitución nacional, como fin del estado de constituirse en un País de derecho y de justicia.

Nota de prensa

 

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