El pasaje mínimo urbano para las camionetas según la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 43.218 de fecha 22 de septiembre de 2025 mediante una Resolución del Ministerio Popular de Transporte. Quedó establecido en 40,00 bolívares que a la tasa de cambio del BCV (169,97 bolívares por 1 dólar) del 23-9-2025 es de 0,24 dólares.
Un subsidio directo a los usuarios (30 dólares al mes) es lo que serviría para garantizar la continuidad del servicio del transporte
Los transportistas dicen que la magnitud de la devaluación, según el tipo de cambio establecido por el BCV, alcanzó un promedio de 350% para el 23-9-2025, sí se tomará en cuenta la data (prohibida su publicación), del innombrable, sería obviamente superior, ciertamente, dada la realidad política y económica existente en el país, la mayoría de las transacciones se efectúan en bolívares, pero inexorablemente vinculado a la dolarización de hecho que existe en el país.
los transportistas expresan que en un contexto recesivo, con alta inflación (dolarización crecientes de los insumos, materias primas , costos, altamente dependiente de la capacidad importadora, en consecuencia, el estado debe tener presupuestos y reservas (divisas) internacionales holgadas, lo cual no parece ser el caso actual de Venezuela), además se da el caso de la disminución del número de pasajeros a transportar (con capacidad de pago), por razones de éxodo (alta migración), aumento del porcentaje poblacional (muy jóvenes y/o muy viejos), con poca capacidad económica, los cuales por ley sólo deben cancelar el 50% del servicio que reciben, adicionalmente las dificultades de acceso al crédito, al financiamiento y las bajas tarifas, constituyen un cepo adicional para la renovación del vetusto parque automotor venezolano.
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