Los profesores jubilados de la Universidad Central de Venezuela consignaron un documento de petición ante la comisión de educación de la Asamblea Nacional, así lo informó el diputado Arsenio Henríquez. El documento expresa un conjunto de planteamiento y exigencias de derechos vulnerados. A continuación el documento:
Caracas, 03 de marzo 2026
Doctor: Jorge Rodríguez
Presidente de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela.
Atención: Jehyson J. Guzmán Araque. Presidente de la Comisión de Educación.
Su Despacho.
Nosotros, los abajo firmantes, profesores jubilados de la Universidad Central de Venezuela, nos dirigimos a Uds. Muy respetuosamente, con el objeto de hacerles llegar los siguientes planteamientos.
Las universidades públicas venezolanas, que atienden a casi el 80% de los estudiantes universitarios venezolanos, presentan un grave déficit presupuestario desde hace más de 20 años y los profesores activos y jubilados de las mismas, recibimos salarios y pensiones literalmente simbólicos, por la pérdida su valor de compra. Mientras la Cesta Alimentaria y la Canasta Básica tienen un costo aproximado de 550 USD y 1.200 USD, respectivamente, el llamado Ingreso Integral (salario básico +bonos de Guerra y de Alimentación) en promedio el monto es de 100 a 120 USD. Oportuno recordar que en el pasado, el salario promedio de un profesor universitario en Venezuela fue de 2.220 USD. La atención social y de la salud de nuestro sector es también crítica y deficiente. Actualmente no son entregadas a la universidad las partidas presupuestarias obligatorias para el financiamiento de estos programas. Nuestros profesores ancianos y enfermos no están siendo atendidos en los términos que lo establece el artículo 80 de la CRBV.
En correspondencia con la situación anteriormente descrita, nos permitimos solicitarles lo siguiente:
1. Un pronunciamiento de aumento salarial y de las pensiones homologadas, de los profesores universitarios de las universidades autónomas, en un monto que permita una vida digna y garantice una atención de la salud de calidad.
2. Se utilicen los recursos provenientes de la aplicación de la “Ley de Protección de las Pensiones del SS contra el Bloqueo Imperialista”, aprobada en marzo del 2024, para aumentar las pensiones de los trabajadores venezolanos.
3. Se aplique el artículo 89 Numeral 1 de la CRBV, cuyo texto es: “ninguna ley podrá establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales. En las relaciones laborales prevalece la realidad sobre las formas o apariencia”, en concordancia con este, solicitamos la desaplicación inmediata de los instructivos 2792 del Ministerio del Trabajo, aprobado en octubre del año 2018 y el de la ONAPRE, del mes de marzo del año 2022.
Agradeciendo altamente vuestra gentiliza y la atención a la presente.,
Profesores y cedula de identidad
Alexis Ramos. 1.756.310
Alix García. 2.847.803
Aura Díaz de Palacios. 3.236.211
Consuelo Méndez. 3.939.459
Eudoro Ramos. 2.419.991
Himara Mohamad. 3.934.478
Jacob Carciente. 1.715.379
Juan Troconiz. 2.930.925
Lila Prince. 3.482.749
Luis Cova. 1.856.366
Luisa González. 3.434.038
Marta Gedler. 3.881.820
Mary George. 2.962.268
Neida Agostini. 3.177.394
Orlando Vizcarrond. 3.229.450
Osvaldo Martínez. 1.722.845
Raquel Urbach. 3.292.490
Raúl Guarisma. 2.971.565
Rosa Alba Méndez. 3.179.587
Saúl Calderón. 2.072.399
Stalin Torres. 2.725.640
Sylvia Whertein. 2.980.226
Zoraida Natale. 2.067.870
Nota de prensa

