Gloria Cuenca: La Libertad de Expresión y la Ley

Compartir

 

Cumplió medio siglo (50 años) el Colegio Nacional de Periodistas. También la Ley que le dio organización, estructura y legalidad.  Se concretó un proyecto anhelado y trabajado por pioneros en esta hermosa y sacrificada profesión. Imposible no recordar aquellos tiempos de lucha. Hubo dificultades y encuentros, donde los ideales se contradecían. No importó que cada uno pensara de manera distinta. Hubo  consenso de voluntades dirigidas a un mismo fin: la promulgación de la Ley,  nacimiento del Colegio, institucionalización de nuestra profesión con carácter universitario.

Se escucharon voces agoreras, presagiaban dificultades y obstáculos. No importó. Lo trascendente: consecución de la meta, la Ley y de seguida el Colegio.

Surgió quien objetó que no se permitiera ejercer el periodismo, si no era egresado. Confundiendo, desde aquel momento la libertad de expresión, Derecho Humano consagrado en el artículo 19 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, del 10/12/1948 con las funciones del periodista.  Tampoco colide con la constitución vigente el año en que se aprobó la Ley, la del 1961. En el artículo 66, pautaba la garantía de la Libertad de Expresión; tal cual lo hace la vigente Constitución de 1999, en sus artículos 57 y 58.

¿Por qué esta polémica? Creo, trata del desconocimiento de los aspectos presentados para debatir. En primer lugar, está la confusión del Derecho a la Información con el Derecho a la Libre Expresión, ambos garantizados por las normas señaladas.

El Derecho a la Información, forma parte de los derechos humanos; conociendo la definición de “información, dato reductor de incertidumbre”, resulta lógico: todo ser humano tiene derecho a reducir su incertidumbre. También, todos tienen derecho de expresar lo que piensan. No hay ningún tipo de limitación en la necesidad vital de saber qué ocurre, qué pasa, dónde conseguir lo que necesita, entre otras cosas. Imposible aceptar en estos tiempos, que no se pueda decir, lo que se quiere decir. ¿A quién se le puede ocurrir limitar estos derechos? A dictaduras, regímenes autoritarios y totalitarios, donde se prohíbe el Derecho a la Información y a la Expresión. Ese tipo de gobierno pretende invadir la privacidad y la intimidad de las personas. Por eso se les denomina: totalitarios. Aspiran intervenir todo. ¡Gracias a Dios! No lo logran con facilidad.

Los periodistas somos constructores, productores, organizadores de las noticias, con determinadas características, los denominados factores, para transformar el suceso en la noticia. Esa es nuestra tarea, buscar el suceso, si es noticioso, procesarlo y, si además es informativo (reduce la incertidumbre) habremos logrado la información noticiosa. (No es redundante) Fundamental explicar, no pretendemos que la gente se quede sin reducir la incertidumbre, menos que lo divulgue. Lo específicamente del periodista es lo explicitado:  transformar el suceso en noticia, mejor si es información noticiosa. Para nada tiene que ver con las libertades de información y de expresión de los ciudadanos,

El Derecho a la Libertad de Expresión, consagrado  por la Constitución, de 1999, dice: “Artículo 57: “Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión sin que pueda establecerse censura. …” Está muy claro, que esto no tiene nada que ver con el ejercicio del periodismo. Dice nuestra Ley: “Son funciones propias del periodismo: la búsqueda, la preparación y la redacción de noticias; la edición gráfica, la ilustración fotográfica, la realización de entrevistas periodísticas, reportajes y demás trabajos periodísticos, así como su coordinación en los m de c impresos, radiofónicos o audiovisuales…”   No se entiende por qué hay quien se empeña en decir que la colegiación es una manera de limitar la libertad de expresión. Pueden escribir lo que quieran y divulgarlo. Eso sí, no pretendan ocupar el trabajo profesional, ético, preciso y necesario del reportero, del periodista, del comunicador egresado de las Escuelas Universitarias, facultado para ejercer su profesión.

¿Es cuestión semántica? No se entiende la obsesión por enfrentar a un Colegio Profesional de medio siglo, creado y establecido, que ha cumplido a cabalidad su función: se trata de la institucionalidad jurídica y universitaria que respalda a la profesión de los periodistas.    Que sepa nadie ha sido perseguido por el Colegio Nacional de Periodistas por hacer uso de la libertad de expresión, de opinión o de información. El CNP ha pedido a los medios que cumplan la Ley y no contraten periodistas no miembros del Colegio. Eso no es una violación de la Libertad de Expresión, es la usurpación de la función del periodista, claramente detallada antes, y protegida por esa Ley. No parecen sinceros los planteamientos. ¿Quieren ser periodistas sin cumplir con lo que se especifica en la Ley? No parece problema de libertades, ni de Ley. No se quiere reconocer el nivel universitario de la profesión. Lamentable, pero cierto.

 

Traducción »

Sobre María Corina Machado