Cesáreo Espinal Vásquez: Instrucción y protección social

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A manera de exposición de motivos sobre una importantísima ley que deberá ser dictada, “ley de instrucción y protección social” que  defina el  principio universal y fundamental de la paz cívica mediante la instrucción  ética y  moral , la residencia de vecinos y la sanidad psicosocial, subsumidos en  los derechos y deberes de las personas establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La instrucción es la rectora del trato amable,  cariño y respeto a partir de nuestro nacimiento en el rebozo alegre de la madre y del afecto del padre, de la familia y de las amistades, en la guardería infantil y en  la instrucción primaria escolar, continuado en instrucción en la educación media  y  en los estudios superiores técnicos, de artes o universitarios. La instrucción es más importante que la educación por que es fundamentalmente para la formación ética y moral desde la niñez y la pre-adolescencia con el respeto y el afecto para sus progenitores, a la familia y la convivencia social, en el amor a la patria y coadyuvar en  el bien común, la seguridad y la justica y a título personal, la resiliencia que es el optimismo para superar las adversidades.    La residencia de vecinos (el padrón) está  instituido en muchos países. Las personas, deben tener conciencia del hábitat, de sus vecinos y de la residencia,  fundamental para fines escolares, seguro social, de orden público, prevención al delito,  de tributación fiscal, de empleo, salud, viviendas, registro electoral, certeza jurisdiccional y administrativa y toda la gama que comporta la vida en sociedad, teniendo la obligatoriedad declarar su residencia en las oficinas o unidades de Registro Civil de los respectivos Municipios y obtener, su “certificado de residencia”, debiendo portarlo. Siendo asesor jurídico de Consecomercio en la Asamblea Anual celebrada en Barquisimeto en 1998, propuse este importante tema sobre la residencia de las personas, pero fue el 15-03-2010 en la Ley Orgánica de Registro Civil cuando se incluyó en el Capítulo IX “De la Residencia”,  hasta hoy es letra muerta. Otro tema, no menos importante, es la certificación de sanidad piscosocial, no solo para niños a partir de los siete años de edad y para adolescentes, sino para todos los ciudadanos sin excepción, que deberá obtener esa certificación cada tres (3) años como requisito para ingresar a la instrucción primaria, la educación media, técnica y universitaria, empleos y cargos públicos aún los de elección popular. Estos tres factores, como son la instrucción cívica, la residencia de vecinos y la sanidad psicosocial son los fines  para la “Ley de instrucción y protección social”. Es la búsqueda de la paz y el derecho justo.

cjev34@gmail.com

 

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