Enrique González: Educación universitaria privada, acceso y congelamiento de matrículas

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Hemos insistido, en la medida que Venezuela posea instituciones débiles, así como una captura “corporativista” del poder, resultará imposible una recuperación de la situación de postración económica y social en la que nos encontramos. Lo anterior básicamente lo decimos, basados en la evidencia y en el discurso oficial, porque se ha perfeccionado un marco institucional que impone una lógica de juego suma cero -si usted forma parte de quienes administran y se benefician del poder, formará parte de los “ganadores” pero si no, como la mayoría de los venezolanos, formará parte de quienes perdemos-. Dicho de otra manera, una sociedad con una pobreza alrededor del 90% y un poder “corporativista” indisputable, no puede ni tiene por qué generar inclusión y mejoras paretianas. Sirva lo anterior para llamar la atención que un modelo rentista no tiene por qué basarse exclusivamente en rentas petroleras, puede hacerlo en rentas derivadas de la detentación y abuso del poder “corporativizado”.

Así las cosas entrando en materia, cualquiera podría preguntarse cuál constituiría la motivación del régimen de imponer un congelamiento de matrículas universitarias sobre las universidades privadas. Otra vía de reformular dicha pregunta sería: ¿Por qué no hacerlo o por qué no podrían hacerlo? Muchas pueden ser las respuestas, aún considerando como premisa que el régimen a estas alturas resulta uno “no competitivo”, y/o que podría carecer de interés, ni participa, sobre los recursos involucrados en dichas instituciones privadas. La discusión sobre los eventuales objetivos para el congelamiento de las matrículas la dejaremos a un lado para poder, despolitizadamente, encarar el tema desde la perspectiva de la eficiencia como bien social, por ejemplo, suponiendo un legítimo objetivo de acceso a la educación universitaria.

Asumamos que la educación universitaria se considera un servicio de suma importancia para coadyuvar a la inclusión social y al desarrollo económico, y que adicionalmente generaría importantes y valiosas externalidades positivas derivadas de una sociedad con un mayor nivel educativo universitario. En este orden de ideas, el acceso a la educación universitaria podría perfectamente constituir materia de interés para las políticas públicas.

Sin embargo, ¿Constituye el congelamiento de matrículas la política e instrumento de política más eficiente para ello? Para diseñar cualquier política pública sobre acceso y/o equidad debe valorarse tres temas básicos y cruciales. Primero, que la provisión de bienes o servicios implican costos, no resultan gratuitos, y derivado de esto, segundo, quién o quiénes soportarán la carga del financiamiento para garantizar la provisión y el acceso a dicho servicio (el tercer tema, de suma importancia pero que supera al presente artículo es que el acceso a la educación universitaria es multifactorial y no depende exclusivamente del precio).

Fíjense que por definición de premisas en el presente artículo estamos desestimando, que en el caso que nos ocupa, se encuentren involucrados recursos públicos -premisa que no resta generalidad al análisis por cierto- debido a que nos estamos refiriendo a universidades privadas que cobran, eventualmente, matrículas y cargos periódicos a sus alumnos. Siendo así nos estamos refiriendo a un servicio privado de consumo privado -por más que genere ciertas externalidades positivas-, que no involucraría -cuando menos mayoritariamente- recursos públicos que suelen tener usos alternativos y por tanto costos de oportunidad social. Lo anterior no resulta menor porque resta asidero a una intervención pública por medio de un congelamiento de matrículas, precios, pagos y/o “mensualidades”.

Si la motivación para la intervención pública se deriva, como lo asoma y anuncia el ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria, “para evitar el impacto inflacionario y porque la responsabilidad de los dirigentes de la educación de gestión privada no es comercial sino un derecho humano que garantiza el Estado venezolano”; debe primeramente llamarse la atención que la inflación es un mal público de origen macroeconómico, que una política antiinflacionaria no puede, por definición, ser sectorialmente discriminatoria, y que por más que se decrete, define o imponga a la educación universitaria como un derecho humano, debe valorarse la alternativa de política más eficiente (eficiente significa, las forma más barata, sin sacrificar calidad, y garantizando el mayor acceso posible, sin comprometer la oferta del servicio, es decir, maximizando el Bienestar Social).

Un congelamiento generalizado de los cobros realizados por las universidades privadas, siendo que algunos representantes de estas instituciones han declarado que “los costos del personal son de los más relevantes”, y que la calidad universitaria se basa preponderantemente en dicho capital humano, así como que cuentan con algunos aportes, donanciones o becas privadas; implica potenciales nuevas cargas -producto de la inflación sobre la operatividad de estas instituciones- sobre estos “colaboradores” así como los propios alumnos -cuando menos en términos de calidad, entre otras-.

Un congelamiento que pince los ingresos de las universidades sería, cuando menos parcialmente soportado por los profesores, en la medida que se dificulten los ajustes de sus salarios para evitar su pérdida de poder de compra. La posibilidad que los profesores tengan de soportar estas nuevas cargas dependerá de las alternativas que tengan para ofrecer su trabajo a otras instituciones u organizacione, incluso en otros países.

Por otra parte, la posibilidad que tengan algunos privados para contribuir con los costos generales de las operaciones de las universidades privadas por medio de donanciones, aportes y becas, por su propia naturaleza podrían contar con un límite (suponemos que si no internalizan los beneficios o resultados de dichos aportes, resulta plausible pensar que dicha fuente resulta limitada).

Asimismo, podrían ser los propios alumnos los que financien dicho pinzamiento de los ingresos de las universidades privadas producto del congelamiento de sus precios, a través del deterioro de la calidad de la enseñanza, de los profesores, la infraestructura y los diversos recursos y servicios universitarios que ofrecen estas instituciones.

De lo anterior se desprende que la política de congelamiento no es la más afortunada, porque por un lado, los propios alumnos podrían estar preocupados por la pérdida de calidad de sus instituciones y porque dicho congelamiento generalizado por el otro lado, podría estar benefiando a alumnos con poder de pago que no requerirían de la política pública (defecto típico de todo control de precios). Destaca el hecho que las propias universidades privadas, libremente, poseen incentivos para perfeccionar ciertos tipos de subsidios cruzados respecto a costos comunes y conjuntos, posibilitando ampliar el acceso a sus aulas a potenciales alumnos con menores recursos económicos.

Una alternativa de política distinta al congelamiento de precios, si se pretende no solo garantizar acceso por lo descrito hasta ahora sino incluso como una simple política de equidad/redistribución, sería que el Gobierno financie los incrementos requeridos en la matrícula a futuro -si lo que importa es el incremental de costos y se financiaría parcialmente- o en un extremo que el Gobierno financie todos los costos de las operaciones de estas instituciones privadas (lo anterior exige un examen sobre el costo de oportunidad de los fondos públicos y sobre la progresividad de la política de financiamiento público, la cual puede perfeccionarse y matizarse a través de descuentos o becas selectivas).

En este sentido existen políticas públicas de Educación Concertada, por medio de las cuales se financia públicamente la provisión pero se presta privadamente los servicios educativos, perfeccionando mecanismos de Competencia por el Mercado que coadyuvan al uso eficiente de los recursos públicos.

Una segunda alternativa sería transferencias directas condicionadas a alumnos target -política de vouchers-, evitándose así distorsionar los precios relativos así como beneficiar población o alumnos que no conforman el grupo target de la política pública.

En países desarrollados con oferta de universidades públicas de reconocimiento mundial, estas no necesariamente implican gratuidad, por la sencilla razón de los costos de mantener niveles educativos de excelencia, así como la aplicación de un probable principio de corresponsabilidad del demandante sobre los costos de proveerle educación de calidad y competitiva -además de existir alternativas de política basadas en incentivos del tipo competencia por el mercado y mejor focalidadas sobre población target que evitan distorsión generalizada de precios relativos y la puesta en riesgo de la sostenibilidad de dichas instituciones educativas-.

Economista UCV.

 

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