Declaración Grupo Avila en relación con la reciente decisión de la Corte Internacional de Justicia

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Ante la decisión de la Corte Internacional de Justicia anunciada el pasado 18 de diciembre de 2020, mediante la cual decidió que “tenía competencia para conocer la demanda interpuesta por Guyana el 29 de marzo de 2018, en la medida en que ella se relaciona con la validez de la sentencia arbitral del 30 de octubre de 1899,  …..” el Grupo Ávila fija su posición ante ella y los venezolanos.

1.- Es conocido por todo el país la desidia y negligencia de Hugo Chávez y Nicolás Maduro en el tema de nuestra reclamación territorial frente a Guyana, con una política exterior laxa, contraria a la sostenida históricamente por el Estado venezolano, con relación a la zona del Esequibo. El giro de 180 grados lo dio el propio Hugo Chávez, cuando, el 20 de febrero de 2004, en una visita oficial a Guyana, declaró: “El Gobierno venezolano no será un obstáculo para cualquier proyecto a ser conducido en el Esequibo, y cuyo propósito sea beneficiar a los habitantes del área”. Para agregar, de manera más contundente, lo siguiente: “El asunto del Esequibo será eliminado del marco de las relaciones sociales, políticas y económicas de los dos países”.

2.- Además, cuando el gobierno guyanés en el 2014, manifestó que el proceso de los Buenos Oficios no había dado ningún resultado en 25 años de vigencia y proponía al Secretario General optar por la CIJ, el régimen de Maduro insistió tercamente en continuar los Buenos Oficios, en cambio de proponer otro de los medios de solución previstos en el Art 33 de la Carta de la ONU. Ante lo cual, dos Secretarios Generales de la ONU, Bank Ki-moon y Antonio Guterres, estuvieron de acuerdo en optar por el medio de solución preferido por Guyana, desde 1966.

3.- Aun cuando Venezuela no ha reconocido la jurisdicción obligatoria de la Corte, esta sentencia, aunque criticable, adoptada por 12 votos a favor y cuatro en contra, es una sentencia en fin que obliga a las Partes, es vinculante y obligatoria para las partes, y debe respetarse.  Con ella se inicia la segunda fase del proceso, en el cual la Corte conocerá sobre el fondo del litigio.

4.- El Estado venezolano debe comparecer en esta nueva etapa para lo cual urge a quienes tienen la responsabilidad de representar a Venezuela en el proceso, consulte a todas las fuerzas vivas de la Nación, para alcanzar una posición de consenso en defensa de los intereses de la República.

5.- Así mismo deberá designar un Agente para que actúe en su nombre ante la CIJ y que a la vez coordine al equipo de apoyo. Entendemos que resulta de particular relevancia para el país que, una vez comparezca, solicite la designación de un Juez ad-hoc, conformidad con el Estatuto de la Corte.

6.- Lo que debe decidir la Corte es de si el Laudo Arbitral de 1899 es válido, como sostiene Guyana, o por el contrario es nulo e irrito como sostiene Venezuela desde hace décadas. Consecuentemente el Estado debe comparecer al proceso y hacer valer los argumentos que sustentan su posición y los derechos que nos asisten.

7.- Estamos frente a una nueva realidad que obliga a gestar una política de Estado, con base al consenso, en defensa de los intereses vitales de la República. Corresponde ahora convocar a todos los sectores del país y generar ese consenso que nos permita concurrir ante la CIJ, con un país unido en torno a lo que ha sido la postura tradicional de Venezuela: el Laudo Arbitral de 1899 es nulo e irrito.

Caracas, 23  de diciembre de 2020

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