Arsenio Henríquez Moreno: En el pensamiento de Jean Paul Sartre

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En la teoría de la justicia de John Rawls.

El libro A theory of justice, conocido en español como Teoría de la Justicia, fue publicado por primera vez 1971 y editado posteriormente en los años de 1975 y 1999. En él su autor, John Rawls, elabora una teoría de la justicia aplicable al ámbito social y político, es decir, su finalidad es la de una teoría aplicable a las instituciones políticas que configuran el orden social. La propuesta de Rawls ha significado un hito para el pensamiento político filosófico desde la publicación del libro, muchos han rechazado su postura y muchos la han adoptado y desarrollado en otros terrenos de manera más precisa. Se ha llegado a comparar la influencia ejercida por Rawls en todo el pensamiento político filosófico, con aquellas que fueron ejercidas por Freud o Darwin en el terreno de la psicología y en el terreno de la biología respectivamente.

La teoría propuesta por Rawls tiene sus particularidades propias que por separadas pueden ser objeto de análisis extensos y detallados. Conceptos y nociones que a lo interno de la teoría construyen una propuesta racional de la justicia para el ámbito político y social. Algunas de la nociones o conceptos más conocidos de la teoría rawlsiana son el concepto de la justicia como imparcialidad, la posición original, los principios de la justicia (tanto el de la libertad como el de la diferencia), la noción del velo de la ignorancia, entre otros. Todos deben ser entendidos como partes de una totalidad con sentido, su finalidad será la de un orden social que tenga como base un concepto de justicia que se derive de postulados racionales y se rija principalmente por la imparcialidad.

Dos nociones que tienen una estrecha relación dentro de la teoría de la justicia son la de posición original y la del velo de la ignorancia, la primera se puede entender a rasgos generales como un punto de partida donde se busca alcanzar los acuerdos fundamentales que afectaran el orden de las instituciones, y por lo tanto el orden social. Este punto de partida que propone John Rawls tiene la particularidad de que se debe regir por la imparcialidad. Para lograr dicha parcialidad Rawls introduce la noción de un velo de la ignorancia. La función del velo de la ignorancia es la despojar a los miembros de la sociedad que se encuentra en la posición original de todas sus contingencias. Esto es, que las partes no saben su lugar en la sociedad, a cual clase social pertenecen, cuáles son sus capacidades naturales de inteligencia o fuerza, como tampoco son conscientes de cuáles son sus concepciones del bien que cada uno defiende.

Un velo de la ignorancia posibilita que en la posición original las partes se encuentre en condiciones de igualdad, puesto que cada parte al no saber qué posición ocupa en la sociedad, no tiene característica alguna que lo diferencie de las otras partes, ya que todas las partes se encuentra en una misma situación de ignorancia. La motivación de las partes será entonces la de encontrar acuerdos fundamentales que beneficien a todos sin preferencias de algunas determinaciones sobre otras, es decir, nadie elegirá beneficiar un grupo social sobre otro, ya que nada garantiza que se será parte de ese grupo. A todo esto, Rawls considera que lo racional será convenir acuerdos que beneficien a toda la sociedad sin preferencia de algunos grupos sobre otros. Esta situación hipotética tiene el beneficio de otorgarle a todas las partes de la sociedad la misma importancia sobre otras, además de garantizar la construcción de un orden social que no excluya partes de la sociedad.

Se le puede objetar a la noción del velo de la ignorancia, lo irracional que parece el hecho de concebir una situación tal en la que las partes hayan sido despojadas de toda determinación posible. Pero se debe entender que tanto la posición original como el velo de la ignorancia son nociones hipotéticas producto de una abstracción racional. Es decir, toda persona que reflexione racionalmente sobre estos asuntos podrá alcanzar las mismas posturas, siempre y cuando proceda de la misma manera que las nociones de posición original y velo de la ignorancia exigen. La Teoría de la Justicia debe ser entendida como un intento racional por dar con un orden social, que a partir de un concepto de la justicia como imparcialidad organice las instituciones políticas y sociales. Una sociedad que tienda a este orden propuesto tendrá un orden social donde todas las partes estén consideradas, por lo que se le garantizará de manera equitativa bienes que posibilitaran el desarrollo de todos por igual.

Dedicatoria especial en este artículo para mi padre Arsenio Henríquez en honor a sus 58  años, los cuales los cumplió el pasado 9 de septiembre. Una dedicación al hombre que más me ha inspirado en mis estudios, y al que le debo gran parte de lo que soy como persona.

 

Traducción »

Sobre María Corina Machado